3º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ OSCAR STEEVEN HARO SMITH

Rol

O-3346-2024

Fecha

17 de junio de 2025

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: El día 18 de julio de 2024, a las 11:35 horas aproximadamente, en calle Salas Frente al Nro. 244, comuna de Recoleta, OSCAR STEEVEN HARO SMITH sin la competente autorización poseía portaba, transportaba y mantenía en su poder, con el objeto de traficar en un envase de Doritos 135 envoltorios de papel cuadriculado color blanco contenedores de una sustancia similar a la pasta base de cocaína. Sustancia que sometida a la prueba de campo arrojo coloración positiva a la presencia de Pasta Base de Cocaína, con un peso de 29 gramos y 080 miligramos. Además, el imputado portaba $ 11.000 mil pesos. Sin justificar que dichas sustancias están destinadas a la atención de un tratamiento médico o a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo. DECISIÓN DEL TRIBUNAL: Teniendo presente, en consecuencia lo dispuesto en los artículos 1, 4, 7, 45, 47, 348, y 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y artículos, 1, 11 N°6, 11 N°9, 15 N°1, 30, 49, 70 del Código Penal; 1 y 4 de la ley 20.000, se declara: I.- Que se condena a OSCAR STEEVEN HARO SMITH, cédula nacional de identidad 14.953.797-K, a la pena de 333 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo un oficio público durante el tiempo de la condena, y multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, en su calidad de autor de un delito de Trafico de pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 en relación al 1 de la ley 20.000, cometido en el territorio jurisdiccional de este tribunal el 18 de julio de 2024. II.- Que la pena privativa de libertad, se tiene por cumplida en mérito de los días que permaneció privado de la misma desde el día de los hechos hasta ayer; y la pena de multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual se tiene por cumplida en mérito del plazo superior a 12 horas que estuvo detenido. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de esta causa. IV.- Que se decreta el comiso de las especies incautadas Código: XWZJXYBMBLX Este docum

Fallo

se declara: I.- Que se condena a OSCAR STEEVEN HARO SMITH, cédula nacional de identidad 14.953.797-K, a la pena de 333 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo un oficio público durante el tiempo de la condena, y multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, en su calidad de autor de un delito de Trafico de pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 en relación al 1 de la ley 20.000, cometido en el territorio jurisdiccional de este tribunal el 18 de julio de 2024. II.- Que la pena privativa de libertad, se tiene por cumplida en mérito de los días que permaneció privado de la misma desde el día de los hechos hasta ayer; y la pena de multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual se tiene por cumplida en mérito del plazo superior a 12 horas que estuvo detenido. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de esta causa. IV.- Que se decreta el comiso de las especies incautadas Código: XWZJXYBMBLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Tratándose de la primera condena impuesta, omítase esta sentencia de los certificados de antecedentes. Ejecutoriada que se encuentre esta sentencia, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, regístrese y archívese. RIT 3346 - 2024 RUC 2400832545-2 Resolvió KATHERINNE ROMÁN DELFABBRO, Jueza tercer juzgado de Garantía de Santiago. Código: XWZJXYBMBLX Este documento tiene firma electrónica y

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Resumen de sentencia dictada en procedimiento simplificado FECHA: diecisiete de junio de dos mil veinticinco. IMPUTADO: OSCAR STEEVEN HARO SMITH. R.U.N. 14.953.797-K R.I.T. 3346 - 2024 HECHOS ACREDITADOS: El día 18 de julio de 2024, a las 11:35 horas aproximadamente, en calle Salas Frente al Nro. 244, comuna de Recoleta, OSCAR STEEVEN HARO SMITH sin la competente autorización poseía portaba, tra

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