LUIS ALFONSO VELASQUEZ MENDEZ C/ CAMILO ANDRÉS CÁCERES MELLA
Rol
O-840-2025
Fecha
24 de junio de 2025
Materia
TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 2 de julio del año 2024, a las 16:15 horas aproximadamente, en circunstancias que personal de Gendarmería de Chile efectuó un Registro preventivo en el módulo número 5 del Centro Penitenciario de Arica, ubicado en la Ruta 5 Norte, kilómetro 2063, Cuesta de Acha s/n, de la ciudad de Arica; el imputado CAMILO ANDRÉS CÁCERES MELLA, quien se encontraba privado de libertad en dicho recinto penal en calidad de rematado en causa RUC 1501133808-6, fue sorprendido manteniendo en su poder, al interior de la celda número 22 del cuarto nivel, un teléfono celular marca Redmi y 01 chip; el imputado JUAN DE DIOS BUSTAMANTE ZUÑIGA, quien se encontraba privado de libertad en dicho recinto penal en calidad de rematado en causa RUC 1910019860-9, fue sorprendido manteniendo en su poder, al interior de la celda número 22 del cuarto nivel, un teléfono celular marca Samsung y 01 chip; y el imputado CLAUDIO JONATHAN ARANCIBIA ROJAS, quien se encontraba privado de libertad en dicho recinto penal en calidad de rematado en causa RUC 1900390231-8, fue sorprendido manteniendo en su poder, al interior de la celda número 22 del cuarto nivel, un teléfono celular marca Samsung y 01 chip. Al continuar con el procedimiento de registro preventivo en el mismo módulo, el imputado DARWIN REINALDO SEGUEL RIVAS quien se encontraba privado de libertad en dicho recinto penal en calidad de rematado en causa RUC 2301250162-5, fue sorprendido manteniendo en su poder, al interior de la celda número 12 del cuarto nivel, un teléfono celular marca Motorola y 01 chip; y el imputado SEBASTIAN ALEXIS CONTRERAS GUERRERO, quien se encontraba privado de libertad en dicho recinto penal en calidad de rematado en causa RUC 1600033197-3, fue sorprendido manteniendo en su poder, al interior de la celda número 12 del cuarto nivel, un teléfono celular marca Samsung y 01 chip; Sin estar ninguno de ellos legal o reglamentariamente autorizados al efecto, razón por la cual los funcionarios procedieron a sus incautac
Fallo
se declara: I. Que se condena a CAMILO ANDRÉS CÁCERES MELLA, cédula de identidad N° 17.484.695-2, DARWIN REINALDO SEGUEL RIVAS, cédula de identidad N° 19.338.718- 7, CLAUDIO JONATHAN ARANCIBIA ROJAS, cédula de identidad N° 16.801.268-3, SEBASTIÁN ALEXIS CONTRERAS GUERRERO, cédula de identidad N° 18.262.712-7 y JUAN DE DIOS BUSTAMANTE ZUÑIGA, cédula de identidad N° 20.701.791-4, ya individualizados, a las penas de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y comiso de las especies incautada, sin costas, como autor del delito consumado de posesión de teléfono celular en un recinto penal, previsto en el artículo 304 ter del Código Penal, sorprendido en Arica el 2 de julio de 2024. Se sustituye la pena privativa de libertad por 81 horas y 20 minutos de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, pena sustitutiva que, con todo, se suspende hasta que los sentenciados cumplan las condenas que los mantienen privados de libertad. Si esta pena sustitutiva fuere revocada o quebrantada, cumplirán efectivamente la pena corporal. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente que los intervinientes renuncian a los plazos para deducir recursos contra la sentencia, por lo que ella se entiende ejecutoriada. RUC 2400787123-2 RIT 840-2025 Código: RXWZXYEWKNZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http:
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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco. Magistrado JUAN GUSTAVO ARAYA CONTRERAS Fiscal PAULINA BRITO DOERR Defensor RENATO MOSCOSO LUCERO Tipo Audiencia Preparación Juicio Oral. Hora inicio 10:35 Hora termino 10:56 Sala 4 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio 2400787123-2-992 -250624-00-19- PJOR JAC EBS RIT 840 25 Acta ebs RUC 2400787123-2
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