ISAIAS NEFTALI FUENTES ARANEDA C/ CLAUDIO ALEJANDRO URIBE LUNA
Rol
O-793-2025
Fecha
24 de junio de 2025
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que el Fiscal Adjunto de Concepción, don Alejandro Marcelo Alí Vallejos ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CLAUDIO ALEJANDRO URIBE LUNA, RUN 16.760.544-3, nacido el 05 de marzo de 1988, trabaja como garzón, domiciliado en Pasaje 5, Casa Nº 2669, Poblacion Esperanza, comuna de Chiguayante, teléfono: 967206588, email: transportes.uribeluna@gmail.com, por atribuirle responsabilidad en calidad de autor en el delito de CONDUCCIÓN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en los artículos 110 y 196 de la ley 18.290. PRIMERO: El requerimiento se fundamenta en los siguientes: Hechos: El día 26 de mayo del 2023, siendo aproximadamente las 02:40 horas, en la vía pública, específicamente en calle Coquimbo N° 267 de la comuna de Chiguayante, el imputado CLAUDIO ALEJANDRO URIBE LUNA condujo en estado de ebriedad el vehículo Marca HYUNDAI, Modelo Creta, color plateado, año 2018 Placa Patente Única JZZZ-70. Carabineros constató el estado de ebriedad del imputado por su fuerte hálito alcohólico, inestabilidad al caminar, rostro congestionado e incoherencia al hablar. Al imputado se le practicó el examen de alcoholemia el que arrojó como resultado 2.50 gramos por mil de alcohol en la sangre. Calificación Juridica: Los hechos descritos son constitutivos del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 110 en relación al artículo 196, ambos de la ley de tránsito. El delito se encuentra en grado de CONSUMADO, y cabe al imputado, en los hechos descritos, participación a título de AUTOR de conformidad al artículo 15 N° 1 del Código Penal. Con lo señalado y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6, 15 N° 1, 18, 25, 30, 49, 60, 70 y demás pertinentes del Código Penal; 110 y 196 de la ley 18.290; 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 3 y demás pertinentes de la ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a CLAUDIO ALEJANDRO URIBE LUNA, RUN 16.760.544-3, ya individualizado, en su
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a CLAUDIO ALEJANDRO URIBE LUNA, RUN 16.760.544-3, ya individualizado, en su calidad de autor del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 110 y 196 de la Ley 18.290, cometido en grado de consumado en la comuna de Chiguayante, el 26 de mayo de 2023, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS (61) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a la suspensión de su licencia de conducir por el término de DOS AÑOS, la que empezará a regir desde que el sentenciado haga entrega de dicho documento en este Tribunal. Código: GHVYXYJPXQV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:transportes.uribeluna@gmail.com Se deja constancia que se ha hecho entrega de la licencia de conducir anterior, que manifesto que se le habia extraviado, clase B N°16.760.544-3, folio 24639531.- Se le otorga plazo hasta las 14:00 horas del hoy para que haya entrega de la última licencia obtenida el 19/06/2025, hecho, guárdese en custodia por el Sr. Administrador. II.- Se le impone además, el pago de una multa a beneficio fiscal por el monto de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. La multa impuesta deberá pagarse en pesos, en el equivalente que tenga la unidad tributaria mensual al momento de su pago, mediante un depósito efectuado en la Tesorería General de la República. Si el condenado no pagase la multa
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Chiguayante., veinticuatro de junio de dos mil veinticinco. VISTOS: Que el Fiscal Adjunto de Concepción, don Alejandro Marcelo Alí Vallejos ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CLAUDIO ALEJANDRO URIBE LUNA, RUN 16.760.544-3, nacido el 05 de marzo de 1988, trabaja como garzón, domiciliado en Pasaje 5, Casa Nº 2669, Poblacion Esperanza, comuna de Chiguayante, teléf
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