Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

MONSALVE/SOCIEDAD TRANSPORTES TRANSVEL SPA

Rol

O-322-2021

Fecha

16 de noviembre de 2022

Materia

Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en los autos R.I.T. O-322-2021, RUC N° 20-4-0252394-9 por despido injustificado y cobro de prestaciones, solicitado en procedimiento de aplicación general. La demanda fue entablada por don JOSE MONSALVE HENRIQUEZ, cesante, domiciliado en calle Arturo Prat N° 625, oficina 44 de la comuna de San Bernardo, quien compareció asistida por la abogada doña Natalia Campusano Figueroa. La demandada SOCIEDAD TRANSPORTES TRANSVEL SpA, empresa del giro de su denominación, representada legalmente por don Pedro Velasco, ambos domiciliados en calle Maipú Nº 655 de la comuna de San Bernardo, compareció asistida por el abogado don Exequiel Armijo. Por su parte, la demandada FISCO DE CHILE-MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, del giro de su denominación, representado legalmente por el Consejo de Defensa del Estado, ambos domiciliados para estos efectos en calle Agustinas Nº 1687 de la comuna de Santiago, compareció asistido por el abogado don Diego Cáceres. OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don JOSE MONSALVE HENRIQUEZ interpuso demanda- en procedimiento de aplicación general- en contra de SOCIEDAD TRASPORTES TRANSVEL SpA y de manera solidaria o subsidiaria en contra del FISCO DE CHILE-MINISTERIOR DE OBRAS PUBLICAS- con el objeto que

Fallo

se declarara que su despido había injustificada por lo que resultaba procedente condenar a las antes referidas al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones, todas las cuales reclama debidamente reajustadas con intereses y las costas de la causa; a saber: 1.- $ 3.105.053 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; 2.- $ 349.219 por concepto de feriado proporcional; Funda su demanda indicando que comenzó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia de la demandada Sociedad de Transportes Transvel SpA, con fecha 19 de agosto de 2019, desempeñando labores de profesional residente, servicios que debieron ser prestados en una jornada de trabajo de 45 horas semanales distribuidas de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas. Agrega que con motivo de esos servicios, percibía una remuneración ascendente a $ 3.105.053; indica que con motivo de sus servicios debía dirigir por parte de la contratista, la ejecución de la obra a la cual había sido asignado todo conforme a los planos y especificaciones técnicas establecidas en el proyecto. Sostiene que esas labores fueron ejecutadas en la obra denominada “Conservación camino básico Purén –Tranaman, comuna de Purén. Refiere que la obra era asignada por el Ministerio Público, quien encargó la ejecución de la misma mediante un contrato suscrito entre dicha repartición pública y la Sociedad Transportes Transvel. Por lo anterior, entiende que en la especie los servicios fueron prestados bajo régimen de

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PROCEDIMIENTO: Aplicación General. MATERIA: Despido injustificado y cobro de prestaciones. DEMANDANTES: José Monsalve Henríquez. DEMANDADO: Sociedad Transportes Transvel SpA y Fisco de Chile, Ministerio de Obras Públicas. RUC: 20-4-0252394-9 RIT: O-322-2021 _________________________________________/ San Miguel, dieciséis de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: Que ante este Juzgado de Letr

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