17º Juzgado Civil de Santiago

INSTITUTO DE LA SALUD DERMATOLÓGICA LIMITADA/I. MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA

Rol

C-4250-2021

Fecha

26 de noviembre de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A trav s de presentaci n ingresada por Oficina Judicial Virtual coné ó fecha 05 de mayo de 2021, comparece do a Pamela Pilar Guerreroñ Morales, ge grafa, ó en representaci n convencional de ó INSTITUTO DE LA SALUD DERMATOL GICA LIMITADA,Ó RUT N 76.187.712-7,° sociedad del giro comercializadora, ambas con domicilio en Avenida Providencia N 545, oficina 14, Comuna de Providencia° , quien interpone demanda de declaraci n de prescripci n de acciones de cobro de patenteó ó municipal en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA, representada legalmente por su alcaldesa, do a Evelynñ Rose Matthei Fornet, ambos domiciliados en avenida Pedro de Valdivia N° 963, comuna de Providencia, Regi n Metropolitana. ó Funda su demanda en que el Instituto de la Salud Dermatol gicaó Limitada es una empresa del giro comercializadora de productos naturales. Agrega que actualmente tiene su domicilio comercial y tributario en Avenida Providencia N 545, Oficina 14, comuna de Providencia, lugar° donde se encuentran sus oficinas administrativas. Relata que esta empresa fue formada el a o 2010, no teniendoñ ejercicio comercial efectivo sino hasta el a o 2015, a o en que la empresañ ñ comenz efectivamente a realizar actividades comerciales. Indica que, deó esta forma, llamada a regularizar su situaci n de patentes comerciales con laó Ilustre Municipalidad de Providencia durante el segundo semestre del a oñ 2019, logr obtener la patente comercial, asociada al rol N 2-161293 de laó ° comuna de Providencia. Se ala que de esta forma la Ilustre Municipalidad de Providenciañ puso al d a la patente comercial de la empresa asociada a la direcci n deí ó Avenida Providencia N 545, oficina 14, comuna de Providencia, cobrando° la suma total de $ 2.374.278 (dos millones trescientos setenta y cuatro mil doscientos setenta y ocho pesos) por concepto de patentes comerciales desde el primer semestre del a o 2012 hasta el primer semestre del a o 2021. ñ ñ Expresa que esta suma consta en el certif

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la sociedad INSTITUTO DE LA SALUD DERMATOL GICA LIMITADA,Ó debidamente representada, deduce demanda en juicio ordinario de menor cuant a en contra de la í ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA, debidamente representada, todos ya individualizados, a fin de que se declare la prescripci n extintiva deó las acciones de cobro de patentes comerciales correspondientes al segundo semestre del a o 2012 con vencimiento el d a 31 de julio del a o 2012,ñ í ñ hasta el primer semestre del a o 2018 con vencimiento el 31 de enero deñ 2018, ambas fechas inclusive, por un monto total de $1.674.701 (un mill nó seiscientos setenta y cuatro mil setecientos y un pesos). SEGUNDO: Que la demandada Ilustre Municipalidad de Providencia, contest la demanda allan ndose a la pretensi n del actor,ó á ó manifestando que efectivamente ha transcurrido el plazo de tres a osñ previsto en el art culo 2521 del C digo Civil en lo concerniente al periodoí ó que va entre el segundo semestre del a o 2012 (con vencimiento al d a 31ñ í de Julio de 2012) y hasta el primer semestre del a o 2018 (con vencimientoñ al d a 31 de Enero de 2018), ambos inclusive, solicitando no ser condenadoí en costas. TERCERO: Que seg n dispone el art culo 2492 del C digo Civil, laú í ó prescripci n es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, por noó haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, concurriendo los dem s requisitos legales.á As , la prescripci n es la sanci n de ineficacia jur dica que extingueí ó ó í las acciones por no haberse ejercido stas durante cierto lapso de tiempo yé concurriendo los dem s requisitos legales, defini ndola el art culo 2492 delá é í C digo Civil. Agrega el art culo 2493 del mismo cuerpo legal, que qui nó í é quiera aprovecharse de la prescripci n debe alegarla, no pudiendo un juezó declararla de oficio. C-4250-2021 Foja: 1 Por su parte, el art culo 2521 del C digo Civil establece queí ó prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de las“ ñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos .” CUARTO: Que el art culo 24 del Decreto Ley N 3063, de 1979,í º sobre Rentas Municipales, establece el pago de una patente que grava la actividad que se ejerce por un mismo contribuyente, en su local, oficina, establecimiento, kiosko o lugar, cuyo valor ser por doce meses, y seg n elá ú art culo 29 corresponde a la patente de doce meses comprendidos entre elí ° 1 de julio del a o de la declaraci n y el 30 de junio del a o siguiente, laº ñ ó ñ que se puede pagar al contado o en dos cuotas iguales, en la municipalidad respectiva, dentro de los meses de julio y enero de cada a o, de donde señ sigue que el t rmino para pagar la patente expira el ltimo d a del mes deé ú í enero de cada a o.ñ QUINTO: Que con el fin de acreditar sus pretensiones la actora acompa al expediente electr nico como prueba instrumental, certificadoñó ó emitido por la Municipalidad de Providencia Departamento de Rentas

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los art culos 1698,í 2492, 2493, 2514, 2515 y 2521 del C digo Civil; art culos 23 a 34 bis deló í D.L. N 3.063 Ley de Rentas Municipales; y art culos 144, 160, 170 y 254º í del C digo de Procedimiento Civil, se declara:ó I.- Que se acoge la demanda de fecha 05 de mayo de 2021, declar ndose prescritas tanto la deuda como las acciones para perseguir elá pago de la patente comercial que grava a la actora INSTITUTO DE LA SALUD DERMATOL GICA LIMITADAÓ , correspondiente a aquellas patentes devengadas desde la cuota con vencimiento el segundo semestre del a o 2012 y hasta el primer semestre del a o 2018, ambos inclusive, por unñ ñ valor total de $1.674.701 (un mill n seiscientos setenta y cuatro miló setecientos y un pesos), incluyendo sus reajustes e intereses; II.- Que cada parte pagar sus costas. á Reg strese, notif quese y, en su oportunidad, arch vese.í í í DICTADA POR DO A ROC O P REZ GAMBOA, JUEZ TITULAR. Ñ Í É Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintis is de Noviembre de dos mil veintiunoé C-4250-2021 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas.

Texto Completo (Preview)

C-4250-2021 Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4250-2021 CARATULADO : INSTITUTO DE LA SALUD DERMATOL GICAÓ LIMITADA/I. MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA Santiago, veintis is de Noviembre de dos mil veintiunoé Vistos: A trav s de presentaci n ingresada por Oficina Judicial Virtual coné ó fecha 05 de mayo de 2021, comparece do a Pa

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica