Juzgado de Garantía de La Calera

MP C/ MARÍA JOSÉ SAAVEDRA MARTÍNEZ

Rol

O-696-2025

Fecha

24 de junio de 2025

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día ayer 9 de abril de 2025 aproximadamente a las 11 40 horas de la mañana la requería María José Saavedra Martínez ingresó junto a una segunda persona de sexo masculino al interior del supermercado denominado Mayorista 10 ubicado en calle Carrera 949 de la Galera, lugar en el cual proceden a sustraer desde las estanterías del mismo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño 12 tarros de café, marca nescafé, que se avalúan su conjunto en la suma total de 73.000 pesos. Hechos que fueron advertidos por personal de seguridad del establecimiento, particularmente por el guardia de seguridad Joaquín Elías Ignacio Fernández Mena, quien al advertir esto intenta la retención del imputado al traspasar esto al lineal de caja sin cancelar su valor, logrando estos huir del lugar, siendo perseguidos por dicho guardia, quien logra darle alcance en calle Carrera, esquina Cochrane de la Calera, lugar en el cual este es agredido físicamente con golpes de pie y puño por la requerida María José Saavedra Martínez, a raíz de lo cual la víctima resultó con lesiones escoriativas superficiales de codo derecho suparpebral de carácter leve, según da cuenta el dato de detención de urgencia 5892325, debido a lo cual concurre al lugar personal de carabinero, quienes logran la detención del imputado” VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Código: QSHMXYFBNJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Y visto además lo dispuesto en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento presentado por el Ministerio Público y en consecuencia se ABSUELVE a doña MARÍA JOSÉ SAAVEDRA MARTÍNEZ, Cédula Identidad n° 0017388389-7, ya individualizada, por el cargo criminal como autor de los d

Fallo

se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento presentado por el Ministerio Público y en consecuencia se ABSUELVE a doña MARÍA JOSÉ SAAVEDRA MARTÍNEZ, Cédula Identidad n° 0017388389-7, ya individualizada, por el cargo criminal como autor de los delitos de Hurto simple y amenazas simples, hechos presuntamente ocurridos con fecha 09 de abril de 2025, en territorio jurisdiccional de este tribunal, en la comuna de La Calera. II.- Atendido lo resuelto, se deja sin efecto las medidas cautelares decretadas en su oportunidad. Ofíciese. III.- Que no se condena en costas al órgano persecutor, por estimar que tuvo razones fundadas para requerir y litigar en la presente causa. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: 696-2025 RUC: 2500487801-1 PRONUNCIADA POR ROBERTO LIZANA MORA, JUEZ DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE LA CALERA. rtb. Código: QSHMXYFBNJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-24T17:19:16-0400

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SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO La Calera, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco. Hechos: “El día ayer 9 de abril de 2025 aproximadamente a las 11 40 horas de la mañana la requería María José Saavedra Martínez ingresó junto a una segunda persona de sexo masculino al interior del supermercado denominado Mayorista 10 ubicado en calle Carrera 949 de la Galera, lugar en el cual proceden

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