Juzgado de Garantía de Talagante

FRANCO ANDRES MENA LARA C/ GUSTAVO ALFONSO NAHUELPÁN MELLADO

Rol

O-2252-2025

Fecha

18 de junio de 2025

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento, ahorrando recursos al erario nacional, se le exime del pago de las costas de la causa. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese este hecho por la Jefe de unidad y causas. Dese cumplimiento en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas en forma personal de la sentencia, sin perjuicio de dejar constancia en el estado diario. Remítase copia simple del acta por correo electrónico a fiscal y defensor. Se apercibe al sentenciado a que se presente al CAIS Melipilla, dentro de 5° día de ejecutoriada la presente sentencia. Dirigió la audiencia y resolvió CATHERINE IVONNE NORAMBUENA GONZÁLEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Talagante. Código: PXXCXYLYXPZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-26T13:37:48-0400

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a don GUSTAVO ALFONSO NAHUELPAN MELLADO, cédula de identidad N° 16.748.073-K, ya individualizado, a sufrir una pena de 41 días de Prisión en su grado máximo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el lapso de la condena y multa de un tercio de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Hurto simple, frustrado, hecho perpetrado el día 26 de Abril del año 2025, en la comuna de Peñaflor. II.- Que reuniendo actualmente el sentenciado los requisitos que establece el artículo 4º de la ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la de remisión condicional, quedando sujeto al control administrativo y asistencia de Gendarmería de Chile, por el lapso de UN AÑO. Debe cumplir con los demás requisitos y exigencias legales establecidas en la Ley 18.216. Se deja constancia que no existen abonos que considerar con ocasión de esta causa para eventuales revocaciones. Código: PXXCXYLYXPZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Talagante Av. Bernardo O’Higgins N° 2160, Talagante 229166600 III. Que se procede a la conversión de la pena de multa impuesta por un día de prisión, el que se tiene por cumplido con el tiempo que el imputado permaneció privado de libertad con motivo de audiencia control de detención de fecha 27 de Abril de 2025. IV.- Teniendo presente que el imputado ha aceptado responsabi

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Juzgado de Garantía de Talagante Av. Bernardo O’Higgins N° 2160, Talagante 229166600 Individualización de audiencia de sentencia de procedimiento simplificado. Fecha Talagante, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. Magistrado CATHERINE IVONNE NORAMBUENA GONZÁLEZ Fiscal HERIBERTO ANTONIO REYES CARRASCO Defensor DIEGO BENITES / ANA MARIA MADRID VILLAFAÑE Hora inicio 10:39AM Hora termino 11:04AM

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