10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ VÍCTOR MANUEL SILVA LEIVA

Rol

O-1040-2023

Fecha

19 de junio de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 24 de abril de 2023, alrededor de las 19:20 horas aproximadamente, en el sector de Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva al llegar intersección Avenida Cardenal Raúl Silva Henríquez, de la comuna de Lo Espejo, el imputado Víctor Manuel Silva Leiva, quien no registraba licencia de conducir, es sorprendido conduciendo el vehículo motorizado, furgón marca Fiat, modelo Fiorino Fire 1.3, color blanco, año 2005, placa patente única YH2473, en estado de ebriedad, y sin Estar atento a condiciones de tránsito ante los vehículos detenidos que enfrentaban luz roja, perdió el control de móvil, colisionado contra el vehículo automóvil marca Chevrolet, modelo Sail, color plateado, año 2011,placa patente única CZDT-61,conducido por Juan Pablo Luna Gaete, y éste a su vez por proyección al vehículo automóvil marca Kia, modelo Morning, color blanco, año 2015,placa patente únicaGWJH82, conducido por Diego Rafael Fuentes Barro, ocasionando daños a ambos móviles, siendo avaluados en la suma de un millón de pesos, y un millón y medio de pesos respectivamente. Efectuada la prueba respiratoria al imputado Silva Leiva, ésta arrojó un resultado de 1,28 gramos por mil de alcohol en la sangre, y luego, realizado el examen de alcoholemia, arrojó como resultado 1,15 gramos de alcohol por litro en la sangre. Santiago, diecinueve de junio de dos mil veinticinco. - Vistos, oídos los intervinientes y teniendo presente: Código: HSHPXYNXQUR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Lo dispuesto en los artículos 1, 11, 15, 30 del Código Penal; 110, 196, 208, 209 de la Ley 18.290; 47, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 3, 4 y 38 de la Ley 18.216 Se declara: I.- Que se condena a VÍCTOR MANUEL SILVA LEIVA, ya individualizado, como autor del ilícito de conducción en estado de ebriedad con resultado de daños sin haber obtenido licencia de conducir, ocurrido en la comuna de Lo Espejo, el día 24 de abril del año 2023, en g

Fallo

Se declara: I.- Que se condena a VÍCTOR MANUEL SILVA LEIVA, ya individualizado, como autor del ilícito de conducción en estado de ebriedad con resultado de daños sin haber obtenido licencia de conducir, ocurrido en la comuna de Lo Espejo, el día 24 de abril del año 2023, en grado de desarrollo consumado, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, inhabilidad para obtener licencia de conducir por el término de dos años, sin costas por estar asistido por defensor penal público en la audiencia. II.- Que la multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual conforme lo establece el artículo 49 del Código Penal, se le da por cumplida con el día 24 de abril del año en curso, que pasó a controles de detención en esta causa. III.- Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad, se le impone la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, debiendo quedar sujeto al control de la autoridad administrativa de Gendarmería de Chile, el Centro de Reinserción Social que corresponda, por el término de un año. Si la pena sustitutiva le fuere revocada o quebrantada, el sentenciado deberá cumplir la sanción corporal primitivamente impuesta, la cual se le contará desde que se presente o sea habido, sin que existan abonos que considerar. IV.- Cúmplase por el Registro Civil e Identificación con lo dispuesto en el artículo 3

Texto Completo (Preview)

RUC : 2300447331-0 RIT : 1040 - 2023 MAGISTRADO : MARIA CAROLINA SALINAS HERNANDEZ NOMBRE IMPUTADO : VÍCTOR MANUEL SILVA LEIVA CEDULA DE IDENTIDAD : 09993404-2 DOMICILIO : Calle FERROCARRIL Nº 8171, comuna de Lo Espejo. FISCAL : RODRIGO CHINCHÓN SOTO DEFENSOR : JONHY OSORIO VALENZUELA TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : diecinueve de junio de dos mil veinticinco CI

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