Juzgado de Garantía de Temuco

MP C/ MIRKO FELIPE GEISER PASMIÑO

Rol

O-1264-2025

Fecha

23 de junio de 2025

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El 5 de febrero de 2025, aproximadamente a las 12:20 horas, el acusado MIRKO FELIPE GEISER PASMIÑO, en la vía pública, calle Los Boldos con Bernardo O’Higgins de Temuco, mientras conducía un automóvil, y la víctima de iniciar es K.A.P.R. caminaba por el lugar antes referido, una mujer cuya identidad se desconoce y, desde el interior del automóvil que él conducía, pidió a la víctima que le indicara cómo llegar a una dirección, apoyándose la víctima en el vehículo con su teléfono celular marca iPhone 13, color azul, momento en que esta mujer procedió a quitar sorpresivamente el teléfono celular de la víctima, procediendo el imputado a acelerar el vehículo, huyendo del lugar con la especie en su poder, siendo posteriormente detenido por personal de carabineros encontrándose el teléfono celular en el interior del automóvil”. Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en Código: YFPXXYZZDWS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema. Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en Código: YFPXXYZZDWS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema. Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 14, 15, 24, 25, 26, 30, 32, 40, 50, 76, 432, 436 y 449 del Código Penal; lo dispuesto en los artículos 32, 38, 47, 297, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y en la Ley N°18.216, SE RESUELVE: I.- Que se CONDENA a MIRKO FELIPE GEISER PASMIÑO, ya individualizado, como AUTOR del delito CONSUMADO de ROBO POR SORPRESA, previsto en el a

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RESUMEN RIT : 1264 - 2025 RUC : 2500173507-4 MATERIA : ROBO POR SORPRESA. IMPUTADO : MIRKO FELIPE GEISER PASMIÑO CÉDULA DE IDENTIDAD : 18.198.541-0 DOMICILIO : Calle Laja N°0175, Población Las Paredes, Santa Rosa, de Temuco. ATENUANTES : Artículo 11 N°9 del Código Penal RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Temuco, veintitrés de junio de dos mil veinticinco.- Hechos: “El 5 de febrero d

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