MP C/ ÁLVARO BENJAMÍN MUÑOZ SALINAS
Rol
O-3677-2025
Fecha
19 de junio de 2025
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: En Valdivia, el día 18 de junio de 2025 en horas de la noche, aproximadamente a las 22:00 horas el imputado ÁLVARO BENJAMIN MUÑOZ SALINAS circulaba por la vía pública con un arma blanca en la mano, siendo sindicado en esta acción por un transeúnte a personal de seguridad municipal quienes efectivamente lo vieron mientras desarrollaba esta acción, por lo cual se procedió a su detención por civiles y posteriormente siendo entregado a Carabineros. El imputado mantenía en su poder un cuchillo de 22 centímetros, del que no dio justificación sobre su tenencia o porte una vez llegado personal de Carabineros. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 2500848725-4-1084 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 31, 67, 70, 288 bis inciso primero del Código Penal; artículos 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I. Que se condena a ÁLVARO BENJAMIN MUÑOZ SALINAS, cédula de identidad N° 20.500.176-K, nacido el 6 de diciembre de 1999, domiciliado en Calle Bombero Clasing N° 218 de Valdivia, forma especial de notificación al correo electrónico alvarobenjaminmunozsalinas@gmail.com a las siguientes penas como autor, en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, grado de desarrollo consumado, de un delito de porte ilegal de arma cortante o punzante sancionado en el artículo 288 bis inciso primero del Código Penal, cometido en Valdivia el día 18 de junio de 2025, a la pena de multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual a beneficio Fiscal, más el comiso del arma incautada, sin costas. II. Para el cumplimientro de la pena pecuniaria, se tiene presente el abono que registra por detención entre el día 18 y 19 de junio de 2025, para tener la pena por cumplida, para todos los efectos legales y administrativos, a razón de un día de privación de libertad por cada terc
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 31, 67, 70, 288 bis inciso primero del Código Penal; artículos 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I. Que se condena a ÁLVARO BENJAMIN MUÑOZ SALINAS, cédula de identidad N° 20.500.176-K, nacido el 6 de diciembre de 1999, domiciliado en Calle Bombero Clasing N° 218 de Valdivia, forma especial de notificación al correo electrónico alvarobenjaminmunozsalinas@gmail.com a las siguientes penas como autor, en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, grado de desarrollo consumado, de un delito de porte ilegal de arma cortante o punzante sancionado en el artículo 288 bis inciso primero del Código Penal, cometido en Valdivia el día 18 de junio de 2025, a la pena de multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual a beneficio Fiscal, más el comiso del arma incautada, sin costas. II. Para el cumplimientro de la pena pecuniaria, se tiene presente el abono que registra por detención entre el día 18 y 19 de junio de 2025, para tener la pena por cumplida, para todos los efectos legales y administrativos, a razón de un día de privación de libertad por cada tercio de Unidad Tributaria Mensual a que fue condenado. III. En cuanto al comiso se autoriza desde ya al Ministerio Público a la destrucción del arma cortante o punzante, levantando el acta respectiva. IV. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Álce
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___________________________________________________________________________________________________________ Avenida Francia N° 2688, Valdivia - Correo Electrónico: jgvaldivia@pjud.cl - Fono: (63) 348916 / Fax: (63) 348843 SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, diecinueve de junio de dos mil veinticinco. Los hechos: En Valdivia, el día 18 de junio de 2025 en horas de la noche, aproximad
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