6º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ DANIEL CANO VALLEJO

Rol

O-3573-2024

Fecha

19 de junio de 2025

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho ya fueron señalados por la fiscalía al momento de dar cuenta del contenido de su acusación, calificando estos hechos como un delito de Tráfico Ilícito de Drogas, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la Ley 20.000, delito que se encuentra en grado desarrollo consumado, en función de la concurrencia de 2 modificatorias de responsabilidad penal, artículos 11 número 6 y 11 número 7 del Código Penal, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 407 del Código Proceso Penal, la Fiscalía solicita la pena rebajar en 1 grado en su tramo inicial, esto es, tres (3) años y un (1) día, más una multa de diez (10) unidades Tributarias Mensuales y el comienzo de la especie incautados y accesorias legales. Según en esta causa, el acusado y su defensora han aceptado proceder conforme las reglas del juicio Abreviado, según lo solicitó la Fiscalía y lo compró el Tribunal que el acusado presto su consentimiento de forma libre y voluntaria del procedimiento referido, acepto los hechos y antecedentes de la investigación y que se cumplieron los requisitos del archivo 406 y siguiente del Código Procesal Penal, se aprobó el acuerdo referido. TERCERO: Que, la defensa no ha cuestionado la calificación jurídica ni la retención punitiva del Ministerio Público, solicitó respecto de la pena principal que esta sustituyera por la libertad vigilada intensiva, señalando que, contaba con Código: CMBPXYXVBVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl informes y antecedentes que serían procedente tal sanción. En primer lugar, respecto a los requisitos objetivos, se encontrarían cumplida la atención a que el imputado no tiene antecedentes penales pretéritos y, además, por el hecho de la pena que arriesga por la aceptación del procedimiento abreviado. Respecto de los requisitos subjetivos, se apoya en un informe psicológico un informe social, un informe presentencial elaborado por perito respectivo a sus áreas, de

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a DANIEL CANO VALLEJO, ya individualizado, a una pena de TRES AÑOS (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIDO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a una multa de DIEZ (10) UNIDADES TRIBUTARIAS Código: CMBPXYXVBVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl MENSUALES, a la accesoria de inhabilitación absoluta para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena para cargos de oficios públicos, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito de TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES, hecho cometido el día 30 de julio del año 2024, en la comuna de Estación Central. II.- Que, no concurriendo en la especie los requisitos que establece la Ley 18.216, no se sustituye la pena principal impuesto a la asistencia, por lo que el imputado deberá cumplirla de manera efectiva, sirviéndole de abono el tiempo que ha estado privado de libertad en esta causa, sujeto a las cautelares de detención y prisión preventiva, esto es desde el día 30 de julio del año 2024, hasta esta fecha inclusive. III.- Para el pago de la multa impuesta, se concede al sentenciado diez (10) parcialidades mensuales y sucesivas, las que comenzará a pagar dentro de los primeros 5 días del mes siguiente en que quede ejecutoriado el presente fallo. El no pago de cualquiera de estas parcialidades, se le hará exigible el total de la multa impuesta, se aplicarán los apremios del artículo 49 del Código Penal, si es que el im

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Sentencia Procedimiento Abreviado RIT 3573-2024 En Santiago a diecinueve de junio de dos mil veinticinco. PRIMERO: Que, en estos antecedentes RUC 2400888713-2; RIT 3573- 2024, de la fiscal del Ministerio Público Tatiana Meneses Yáñez, sostuvo acusación en Procedimiento Abreviado en contra del imputado Daniel Cano Vallejo, ya individualizado en este proceso, representado en la audiencia por las de

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