BAEZA/QUINTANA
Rol
C-3971-2020
Fecha
25 de noviembre de 2021
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 25 de febrero de 2020, comparece don Gonzalo Baeza Ovalle, abogado en representación judicial de doña BERNARDITA BAEZA BRITO, estudiante, ambos domiciliados para estos efectos en calle Catedral Nº 1009, oficina 302, Santiago, Región Metropolitana, quien interpone demanda en juicio sumario de término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas y restitución del inmueble en contra de RODRIGO QUINTANA ALARCÓN, empresario, domiciliado en Avenida Cristóbal Colón N°7000, departamento L-106, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Expone que consta del contrato de arrendamiento acompañado en autos que la demandante entregó en arriendo al demandado, con fecha 3 de noviembre de 2010 el inmueble ubicado en Avenida Cristóbal Colón N°7000, departamento L- 106, comuna de Las Condes, por una renta mensual de $250.000.- pagaderas en forma anticipada dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta corriente del abogado patrocinante de autos, hijo de la demandante. Afirma que, con posterioridad, el día 20 de febrero de 2015, fue modificada la renta de arrendamiento, la que a partir del mes de marzo de 2015 al mes de mayo de 2015 ascendería a la suma de $300.000.- y luego a partir del mes de junio de 2015, ascendería a la suma de $350.000.- ambas cifras pagaderas en el mismo plazo estipulado en el contrato primitivo. Añade que, en septiembre del año 2019 informó al demandado que la renta a partir del mes de enero de 2020, ascendería a la suma de $400.000.- Manifiesta que la demandada y arrendataria, dejó de pagar las rentas de arrendamiento desde agosto de 2019 en adelante. LJS C-3971-2020 Foja: 1 Indica que además, en la cláusula cuarta del contrato de arrendamiento, quedó estipulado que el arrendatario asumiría pagar las cuentas correspondientes a servicios domiciliarios como agua, aseo, gas, teléfono, energía eléctrica, extracción de basuras, gastos comunes, debiendo exhibir los recibos correspondiente, lo que en términos generales no ha
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Gonzalo Baeza Ovalle, abogado en representación judicial de doña BERNARDITA BAEZA BRITO, estudiante, solicitando el término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas y restitución del inmueble en contra de RODRIGO QUINTANA ALARCÓN, todos ya individualizados. Funda su pretensión judicial en el hecho que su representado celebró contrato de arrendamiento con la demandada, sobre el inmueble ubicado en Avenida Cristóbal Colón N°7000, departamento L-106, comuna de Las Condes, por una renta mensual de $250.000.- pagadero en forma anticipada dentro de los cinco primeros días de cada mes, a contar del 3 de noviembre de 2021. Indica que con posterioridad, ya renta fue aumentando progresivamente a $300.000.-; $350.000.- hasta llegar a la suma de $400.000.- a contar del mes de LJS C-3971-2020 Foja: 1 septiembre de 2019. No obstante, manifiesta que la parte arrendataria se encuentra en mora de las rentas desde agosto de 2019 a la fecha de presentación de la demanda, además de los consumos de agua, luz, gas y gastos comunes; por lo que solicita que en definitiva se declare: 1.- terminado el contrato de arrendamiento; 2.- que la parte demandada debe pagar las rentas insolutas de arrendamiento correspondientes a los meses de agosto a diciembre de 2019, por la suma de $1.750.000.- más $400.000, por enero de 2020 y todas las que en adelante se devenguen durante la secuela del juicio hasta la restitución del inmueble; 3.- que la parte demandada debe pagar lo adeudado por conceptos de gastos comunes, gas, agua y luz, hasta que se efectúe la restitución del inmueble; 4.- que la parte demandada debe restituir la propiedad arrendada, dentro de tercero día desde que el
Fallo
fallo cause ejecutoria, bajo el apercibimiento de lanzamiento con fuerza pública. LJS C-3971-2020 Foja: 1 5.- que la parte demandada debe pagar la multa contractual ascendente al 1% de las rentas y servicios adeudados a partir de agosto de 2019, hasta la fecha en que el demandado pague íntegramente las rentas y servicios adeudados, con reajustes, intereses corrientes y costas de la causa, como también el pago de los gastos de cobranza judicial y las costas personales, en un 20% de lo cobrado con un mínimo de 30 Unidades de Fomento; 6.- el pago de las costas. Con fecha 18 de octubre de 2021, consta la notificación personal subsidiaria de la parte demandada, respecto de la demanda de autos y sus providencias, y la práctica de la primera reconvención de pago. Con fecha 25 de octubre de 2021, tuvo lugar el comparendo de estilo, el que se celebró con la asistencia del apoderado de la demandante, y en ausencia de la parte demandada. Se practicó la segunda reconvención de pago, sin que ésta se efectuare. En el mismo comparendo de estilo, se tuvo por no evacuado el trámite de la contestación de la demanda, y llamadas las partes a conciliación, esta no se produce, por encontrarse ausente la demandada. En el acto de la audiencia, se recibió la causa a prueba, rindiéndose por la actora, la prueba documental acompañada junto con la demanda. Con fecha 29 de octubre de 2021, se citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Gonzalo Baeza Ovalle, abog
Texto Completo (Preview)
C-3971-2020 Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3971-2020 CARATULADO : BAEZA/QUINTANA Santiago, veinticinco de Noviembre de dos mil veintiuno VISTO: Con fecha 25 de febrero de 2020, comparece don Gonzalo Baeza Ovalle, abogado en representación judicial de doña BERNARDITA BAEZA BRITO, estudiante, ambos domiciliados para estos e
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica