SÁEZ/CONSTRUCTORA Y SERVICIO DE MAQUINARIAS INDUSTRIAL CRISTIAN ANDRES MAYORGA MORIS E.I.R.L.
Rol
M-206-2022
Fecha
16 de noviembre de 2022
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos substanciales pertinentes y controvertidos, consistentes en: 1.- Existencia de relación laboral desde el 1 de marzo de 2022 hasta el 10 de mayo de 2022. 2.- Existencia que el despido del actor se realizó conforme a derecho, hechos que lo configuran. 3.- Efectividad que se empleador pagó las prestaciones demandadas, hechos que lo Configuran. 4.- Efectividad que se encuentren pagadas las cotizaciones previsionales, hechos que lo Configuran Cuarto. - Que la parte demandante acompañó los siguientes medios de prueba. Documental: 1.- Acta de comparendo celebrado en la Inspección del Trabajo con fecha 30 de mayo de 2022. 2.- Propuesta de finiquito que exhibió su ex empleadora en la Inspección del Trabajo de fecha 17 de mayo de 2022. 3.- Liquidación de remuneraciones de mayo de 2022 que señala 8 días trabajados. 4.- Certificado de cotizaciones previsionales de fecha 30 de mayo de 2022. Absolución de posiciones: Comparece a absolver posiciones al representante legal de la demandada Cristian Andrés Mayorga Moris bajo apercibimiento legal del artículo 454 N° 3 del Código del Trabajo. Quinto: Que la parte demandada presentó los siguientes medios de prueba. 1.- Contrato de trabajo de fecha 04 de abril de 2022 entre la empresa y don HECTOR EUGENIO SAEZ HENRIQUEZ. 2.- Boleta de venta de Servicios de Correos de Chile de fecha 14 de mayo del año 2.022. 3.- Formulario de Admisión de Carta Certificado de fecha 14 de mayo del Año 2.022. 4.- Carta de despido de fecha 14 de mayo del año 2.022. 5.- Comprobante de Carta de Aviso para la terminación del Contrato de Trabajo de fecha 14 de mayo del año 2.022. 6.- Certificado de Pagos de Cotizaciones previsionales de fecha 14 de octubre del presente año. 7.- Comprobante de constancia laboral para empleados de fecha 11 de mayo de 2022 de don HECTOR EUGENIO SAEZ HENRIQUEZ emitido por Dirección del trabajo. 8.-Comprobante de constancia laboral para empleados de fecha 11 de mayo de 2022 de don HECTOR EUGENIO SAEZ HENRIQUEZ e
Fallo
se declara: I.- La existencia de una relación laboral entre las partes desde el día 1º de marzo del año 2022 por a lo menos 7 días, sin haber pagado el demandado las cotizaciones previsionales y de salud. II.- Que el despido es injustificado, al no haberse probado los hechos contenidos en la carta de avisto de termino de contrato de trabajo, II.- Que el despido es nulo para los efectos del artículo 162 inciso 5, 6 y 7 del Código del Trabajo, debiendo pagar las remuneraciones y demás prestaciones hasta la convalidación en razón de $547.000.- mensuales. IV.- Que la demandada deberá pagar sus cotizaciones previsionales adeudadas. V) Que la demandada deberá pagar los siguientes conceptos. a) La suma ascendente a $547.000 pesos, a título de indemnización laboral sustitutiva de aviso previo. - b) La suma ascendente a $ 52.512 por concepto de feriado proporcional (2,88 días) c) Remuneración correspondiente a los 9 días trabajados en el mes de mayo de 2022: $164.100 pesos. Las sumas adeudadas deben pagarse con reajustes, intereses. VI La demandada debe pagar las costas de la causa, al haber sido absolutamente vencida en juicio. Dése cumplimiento en su oportunidad a lo dispuesto en el artículo 462 del Código del Trabajo. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RIT M-206-2022 Dictada por don David Manuel Silva Estrada, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia. Trabajo de Valdivia, dieciséis de noviembre de dos mil veintidós.
Texto Completo (Preview)
Valdivia, a dieciséis de noviembre de dos mil veintidós. Primero: Que HÉCTOR EUGENIO SÁEZ HENRÍQUEZ, trabajador dependiente, con domicilio en calle República Nº 905, deduce demanda por nulidad de despido, conjuntamente despido injustificado y cobro de prestaciones en procedimiento monitorio, en contra de su ex empleadora Servicio de Maquinaria Industrial Cristian Andrés Mayorga Moris o Constructo
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