MP C/ CAROLINA ISABEL BRITO GONZÁLEZ
Rol
O-360-2024
Fecha
21 de junio de 2025
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación y los antecedentes en que se fundó la investigación y estuvo de acuerdo en la aplicación del procedimiento abreviado, previa advertencia del tribunal de su derecho a un juicio oral y constatando que prestaba su consentimiento en forma libre y voluntaria, sin haber sido objeto de coacciones ni presiones indebidas, señalando asimismo que entiende las consecuencias de su aceptación. CUARTO: Que, los antecedentes de la investigación aportados por la Fiscalía, expresados resumidamente en la audiencia consistieron en: 1. Veintiún fotografías, contenidas en informe fotográfico demostrativo, adjunto al Informe Policial N°36, de la Brigada de Investigaciones Policiales Especiales Antisecuestros Concepción, de fecha 16 de febrero de 2024. 2. Dos fotografías, contenidas en informe fotográfico demostrativo pesaje de droga, adjunto al Informe Policial N°36, de la Brigada de Investigaciones Policiales Especiales Antisecuestros Concepción, de fecha 16 de febrero de 2024. 3. Reservado N°136 del Servicio de Salud Talcahuano, que remite Oficio Folio Reservado N°21-2024, EXP. N°49-2024, de fecha 13 de marzo de 2024. 4. Oficio N°101 del Servicio de Salud Talcahuano, remisor de la droga incautada a peritaje, de fecha 20 de febrero de 2024. 5. Diez fotografías, contenidas en informe fotográfico demostrativo, adjunto al Informe Policial N°39, de la Brigada de Investigaciones Policiales Especiales Antisecuestros Concepción, de fecha 22 de febrero de 2024. 6. Trece fotografías, contenidas en informe fotográfico demostrativo, adjunto al Informe Policial N°9, de la Brigada de Investigaciones Policiales Especiales Antisecuestros Concepción, de fecha 22 de febrero de 2024. Código: XVSXXYPSHGJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 7. Dieciséis fotografías, contenidas en informe Policial N°22, de la Brigada de Investigaciones Policiales Especiales Antisecuestros Concepción, de fecha 02 de febrero
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que, el Ministerio Público, representado en la audiencia de preparación de juicio oral, por la Fiscal Andrea Saavedra Cárdenas, acusó a SEGUNDO VALENTÍN MUÑOZ SILVA, cédula de identidad N°14.067.691-8, se ignora profesión u oficio, domiciliado en calle servidumbre de tránsito s/n, Lote 4, parcela 5, Condominio Valle de Marchihue, comuna de Marchihue, Región del Libertador Bernardo O'Higgins, representado por la abogada de la Defensoría Penal Pública, Montserrat Varela Mutizabal, por lo siguiente: A. Los Hechos. “En virtud de una investigación criminal dirigida por el Ministerio Público y materializada por funcionarios de la Brigada de Investigaciones Policiales Especiales de la Policía de Investigaciones de Chile, se contaba con antecedentes de la existencia de un grupo familiar compuesto por la imputada CAROLINA ISABEL BRITO GONZÁLEZ, su conviviente, el imputado SEGUNDO VALENTÍN MUÑOZ SILVA y otros sujetos que mantendrían drogas y armas de fuego en su poder en el domicilio ubicado en calle Malaquías Concha N°839, Sector San Vicente, comuna de Talcahuano. Es así, que el día 16 de febrero del año 2024, a las 06:10 horas aproximadamente, en el domicilio ubicado en calle Malaquías Concha N°839, Sector San Vicente, comuna de Talcahuano, en el marco de la ejecución de una Orden de Entrada, Registro e Incautación de especies autorizada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano y llevada a cabo por funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile, los imputados CAROLINA ISABEL BRITO GONZÁLEZ y SEGUNDO VALENTÍN MUÑOZ SILVA fueron sorprendidos al interior del inmueble manteniendo bajo su posesión y guarda las siguientes especies: i Una (01) bolsa de nylon trasparente contenedora de una sustancia vegetal verde, que resultó ser cannabis sativa, peso bruto de 85,70 gramos, hallada debajo de la cama de la pieza destinada a dormitorio. ii Ciento diecinueve (119) envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de una sustancia de color blanco que resulto ser cocaína base, peso bruto de 22,27 gramos, al Código: XVSXXYPSHGJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl interior de un calcetín enrollado, hallada debajo de la cama de la pieza destinada a dormitorio. iii Diversas bolsas de nylon trasparente presumiblemente destinadas a dosificación, halladas al interior de un mueble de cocina. iv Una (01) pistola de aire comprimido, marca Phantom, calibre 4,5mm, hallada en el dormitorio al interior de un mueble. v Un (01) teléfono celular, marca Motorola, color negro, sin modelo ni IMEI visibles, hallado en la pieza destinada a dormitorio. vi Un (01) teléfono celular, marca LG, color gris, IMEI 353886-08-745497-6, hallado en la pieza destinada a dormitorio. Las sustancias ilícitas mencionadas se estima que estaban destinadas para su comercialización a terceros, no se encontraban destinadas al uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo del imputado, ni conta
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°9, 15 Nº1, 68 y 70 del Código Penal; artículos 1° y 4° de la Ley N°20.000; 30, 36, 45, 47, 295, 297, 340, 341, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y normas pertinentes de la Ley N°18.216 SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a SEGUNDO VALENTÍN MUÑOZ SILVA, cedula de identidad N°14.067.691-8, ya individualizado, como autor del delito consumado de tráfico Código: XVSXXYPSHGJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación con el artículo 1° de la Ley N°20.000, a sufrir la pena de sesenta y un días (61) presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual, accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante la condena y el comiso de las especies y drogas incautadas, por los hechos ocurridos el día 16 de febrero de 2024, en la comuna de Talcahuano. II.- Que la multa impuesta deberá ser pagada el mes siguiente a aquel que quede ejecutoriada la sentencia, debiendo cancelarla dentro de los primeros cinco días hábiles del mes correspondiente. Si el sentenciado no pagare la multa que se le impuso, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de un día de reclusión. III.- Que se concede al sentenciado la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL por el periodo de un año, debiendo presentarse para dar inicio
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Talcahuano, veintiuno de junio de dos mil veinticinco. Visto, oído y considerando: PRIMERO: Que, el Ministerio Público, representado en la audiencia de preparación de juicio oral, por la Fiscal Andrea Saavedra Cárdenas, acusó a SEGUNDO VALENTÍN MUÑOZ SILVA, cédula de identidad N°14.067.691-8, se ignora profesión u oficio, domiciliado en calle servidumbre de tránsito s/n, Lote 4, parcela 5, Condom
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