Juzgado de Garantía de Puerto Montt

MP C/ MARIO LUIS ESPINOZA QUILEMPAN

Rol

O-7684-2022

Fecha

18 de junio de 2025

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 29, 49 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216, artículo 17 de la Ley 19.970; se declara: I.- Que, SE CONDENA a JOSÉ LUIS VARGAS FERREIRA, RUN N° 16.507.434-3, ya individualizado, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, cometido en Puerto Montt el día 03 de noviembre de 2023, a la PENA de CUATRO AÑOS de PRESIDIO MENOR en su GRADO MAXIMO, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, a la inhabilitación absoluta para cargos públicos durante el tiempo de la condena y al PAGO de multa de DOS unidades tributarias mensuales. II.- Que, la pena privativa de libertad impuesta será de cumplimiento efectivo, por no reunir requisito alguno de la Ley 18.216, para la concesión de alguna de las medidas sustitutivas allí estipuladas, sirviéndole de abono el periodo que se ha mantenido privado de libertad con motivo de la presente causa, esto es, 240 días. III.- Que, se dispone la incorporación de la huella genética del condenado en el registro respectivo. IV.- Que, respecto de la multa impuesta se le CONCEDEN 30 DÍAS, desde la ejecutoriedad de la presente sentencia, y en el evento de NO pago será procedente la sustitución en los términos del artículo 49 del Código Penal, por 6 días de reclusión. V.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado someterse

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 29, 49 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 406 y

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