C/ FRANCISCO CAMILO GAETE CALUPI
Rol
O-5063-2024
Fecha
18 de junio de 2025
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 09 de octubre de 2024 a la 01:30 hrs. aproximadamente en intersección de Santa Filomena con Ernesto Pinto Lagarrigue comuna de Recoleta, el imputado FRANCISCO CAMILO GAETE CALUPI, condujo en estado de ebriedad el vehículo SSangYong , modelo Tívoli año 2016, PPU HVPV.36, contra el sentido del tránsito colisionando el vehículo Suzuki, modelo gran Vitara, año 2011, color blanco PPU CTWR.51 de la víctima Antonio Reyes Reyes, el cual se encontraba estacionado en calle Santa Filomena frente al n° 24, provocándole daños en la parte delantera. La ebriedad del imputado le constó a personal de Carabineros ya que mantenía el rostro congestionado, incoherencia al hablar, inestabilidad al caminar y un fuerte hálito alcohólico. Al examen respiratorio arrojo como resultado 2,63 gramos por litro de alcohol en la sangre y posteriormente el examen de alcoholemia arrojó que el imputado mantenía 2,54 gramos por litro de alcohol en la sangre el momento de los hechos. Sentencia dictada íntegramente en audio y transcripción de la parte resolutiva de aquella. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 15 No. 1, 18, 21, 25, 29, 30, 49, 50, 67, 68, 68 bis, 69, 70 del Código Penal; 45, 47, 297, 340, 342, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 4 y 38 de la ley 18.216 y Ley 18.290, se declara; Código: GXQBXYXBEZC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl i.- Que se condena a Francisco Camilo Gaete Calupi, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 1/3 de UTM, sanción pecuniaria la que se tiene por cumplida con el día en que el imputado estuvo privado de libertad por motivo del control de detención de fecha 09 de octubre de 2024 y pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena; como autor del delito de conducción en estado de ebriedad causando daños, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 196 en
Fallo
se declara; Código: GXQBXYXBEZC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl i.- Que se condena a Francisco Camilo Gaete Calupi, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 1/3 de UTM, sanción pecuniaria la que se tiene por cumplida con el día en que el imputado estuvo privado de libertad por motivo del control de detención de fecha 09 de octubre de 2024 y pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena; como autor del delito de conducción en estado de ebriedad causando daños, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 y 111 de la Ley 18.290, delito cometido en Recoleta, territorio jurisdiccional del tribunal, el 09 de octubre de 2024. ii.- Que se condena además al imputado, a la pena accesoria de: + prohibición de obtención de la licencia para conducir vehículos motorizados por el término de 2 años. Ofíciese al departamento respectivo del Registro Civil e Identificación. Ofíciese además al Ministerio Público a efecto de remitir a este Tribunal la licencia que permanece en custodia de aquella. iii.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley No. 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se le sustituye por la pena de remisión condicional, por el término de 1 año, sujeto a la asistencia y observación del correspondie
Texto Completo (Preview)
FECHA: Santiago, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. RIT: 5063-2024 RUC: 2401213627-3 IMPUTADO: Francisco Camilo Gaete Calupi MATERIA: Conducción en Estado de ebriedad causando daños AUDIENCIA: Procedimiento simplificado HECHOS: El día 09 de octubre de 2024 a la 01:30 hrs. aproximadamente en intersección de Santa Filomena con Ernesto Pinto Lagarrigue comuna de Recoleta, el imputado FRANCIS
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