Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Felipe

MP C/ ROBERTO GABRIEL VALDÉS SANHUEZA

Rol

O-67-2024

Fecha

19 de junio de 2025

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: El día 03 de enero de 2021 alrededor de las 00.55 horas, personal de carabineros de la Sección de Investigaciones Policiales de San Felipe, transitaban por calle Pedro De Valdivia de la comuna de San Felipe, se percataron que se desplazaba un furgón de color Código: YJZXXYZMGNB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 blanco con sus luces apagadas y el parabrisas trasero polarizado, a gran velocidad en horario de toque de queda, por lo que se acercaron y efectuaron señales para que se detengan, sin embargo los ocupantes del vehículo se dan a la fuga, logrando darle alcance en calle Santo Domingo frente al número 277, descendiendo del vehículo cuatro personas que fueron identificados como Roberto Gabriel Valdés Sanhueza, don Jorge Andrés Herrera Carreño, doña Antonia Trinidad Vergara Cruz y doña Millaray Anahí González Maureira, acto seguido personal policial efectuó una revisión del interior del vehículo encontrando en la parte trasera del furgón, dentro de un banano de color azul, un arma de fuego que resultó ser de fogueo adaptada, la que mantenía en su recamara un cartucho y en su cargador tenía dos cartuchos, todos sin percutir, posteriormente se estableció que el arma no es apta para disparar. En cuanto a la calificación jurídica, el Ministerio Público expuso que los hechos descritos, configuran el delito consumado de tenencia ilegal de municiones, previsto y sancionado en el inciso 2° del artículo 9 de la Ley 17.798 sobre control de armas, atribuyendo a los acusados participación en calidad de autores del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 n° 1 del código penal. A juicio de la Fiscalía, los beneficia la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal, del artículo 11 N° 6 del Código Penal, esto es, su irreprochable conducta anterior Solicita el Ministerio Público que se condene a los cuatro acusados a la pena de 800 días de presidio menor en su grado medio, como

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Con fecha nueve de junio del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Felipe, integrado por sus juezas titulares, Paola Hidalgo Benavente, quien presidió la audiencia y Constanza Olsen Tapia, junto al juez suplente don Claudio Osorio Llanos, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral, seguida en contra de ROBERTO GABRIEL VALDES SANHUEZA, cédula de identidad N° 20.529.654-9, nacido el 20 de agosto de 2000 en Quillota, 24 años, soltero, trabajador agrícola, sin apodo, domiciliado en calle Papa Inocencio N° 332 Villa Juan Pablo II, comuna de San Felipe; JORGE ANDRES HERRERA CARREÑO, cédula de identidad N° 20.302.143-7, nacido el 9 de abril de 2000 en San Felipe, 25 años, soltero, trabajador agrícola y barbero, apodado Jorgito, domiciliado en Villa Juan Pablo II, Pasaje Silvestre II Casa 430, comuna de San Felipe; ANTONIA TRINIDAD VERGARA CRUZ, cédula de identidad N° 20.478.871-5, nacida el 23 de julio de 2000 en Valparaíso, 24 años, soltera, dueña de casa, sin apodo, domiciliada en Villa El Totoral, Calle Santa Teresa, Block 280, dpto. 12, comuna de San Felipe; y MILLARAY ANAHI GONZALEZ MAUREIRA, cédula de identidad N° 21.056.790-9, nacida el 13 de agosto de 2002 en San Felipe, 22 años, soltera, sin apodo, niñera, domiciliada en Villa Cordillera Pasaje Tres 2099, San Felipe. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el Fiscal don JULIO PALACIOS BOBADILLA, domiciliado en calle San Martín 1311 de esta ciudad. La defensa de los acusados estuvo a cargo de los Defensores Penales Públicos don NICOLAS OLIVARES MORENO y don BENJAMÍN VERGARA SAA, con domicilio en calle Santo Domingo N° 82, San Felipe. SEGUNDO: Acusación. El Ministerio Público fundó la acusación fiscal señalando los siguientes hechos: El día 03 de enero de 2021 alrededor de las 00.55 horas, personal de carabineros de la Sección de Investigaciones Policiales de San Felipe, transitaban por calle Pedro De Valdivia de la comuna de San Felipe, se percataron que se desplazaba un furgón de color Código: YJZXXYZMGNB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 blanco con sus luces apagadas y el parabrisas trasero polarizado, a gran velocidad en horario de toque de queda, por lo que se acercaron y efectuaron señales para que se detengan, sin embargo los ocupantes del vehículo se dan a la fuga, logrando darle alcance en calle Santo Domingo frente al número 277, descendiendo del vehículo cuatro personas que fueron identificados como Roberto Gabriel Valdés Sanhueza, don Jorge Andrés Herrera Carreño, doña Antonia Trinidad Vergara Cruz y doña Millaray Anahí González Maureira, acto seguido personal policial efectuó una revisión del interior del vehículo encontrando en la parte trasera del furgón, dentro de un banano de color azul, un arma de fuego que resultó ser de fogueo adaptada, la que mantenía en su recamara un cartucho y en su cargador tenía dos cartuchos

Fallo

se acuerda, estaban las mismas personas con que está en juicio, al llegar ya estaba el furgón, no recuerda donde iban, se sentó atrás en el furgón, el arma y las municiones estaban atrás, no recuerda donde, después los detuvo carabineros, como en la madrugada, no recuerda si se dio el furgón a la fuga, ese mismo día fue detenida y paso al tribunal. SEXTO: Individualización de la Prueba de cargo. A fin de establecer los elementos constitutivos del tipo penal por el cual se acusó, el Ministerio Público incorporó la declaración de testigos Milton Vergara Cortez y Yaritza Osses Barra. Se incorporó además prueba pericial consistente en informe Pericial Balístico N° 151-2021, elaborado por el Perito Balístico Manuel Soto Aguilera, incorporado conforme al artículo 331 letra b) del Código Procesal Penal. Junto a ellas, este Tribunal contó con prueba documental correspondiente a Oficio N° 6442/373/2021 de fecha 25 de enero de 2021, extendido por María Constanza Rojas Oyaneder; además de prueba material consistente en tres cartuchos balísticos calibre 38 largo, con su respectiva cadena de custodia. SÉPTIMO: Objeto del juicio. Tal como es posible apreciar, tanto en los alegatos del Ministerio Público y Defensa, como de la declaración de los propios acusados, no existe controversia respecto de los hechos, como tampoco de la participación, avocándose la defensa principalmente a configurar la atenuante de colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos, con el fin de obtener

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1 MINISTERIO PÚBLICO C/ ROBERTO GABRIEL VALDES SANHUEZA, JORGE ANDRES HERRERA CARREÑO, MILLARAY ANAHI GONZALEZ MAUREIRA y ANTONIA TRINIDAD VERGARA CRUZ DELITO: PORTE DE CARTUCHOS RUC: 2100001403-3 RIT 67-2024 San Felipe, diecinueve de junio de dos mil veinticinco. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Con fecha nueve de junio del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en l

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