MP C/ PABLO ISRAEL POBLETE SOTO
Rol
O-452-2025
Fecha
17 de junio de 2025
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “En Valdivia, el día 20 de enero del año 2025, alrededor de las 20:15 horas, el imputado, PABLO ISRAEL POBLETE SOTO, con la intención de apropiarse de especies, se dirigió hasta el local comercial de nombre “Miami Vice”, ubicado en Pedro Castelblanco N° 3331, comuna de Valdivia. El imputado, ingresa al local comercial, sacando una pistola desde su cintura manifestándole a la víctima, doña Mónica del Carmen Barruel Obando, de 57 años de edad, quien se encontraba atendiendo el local comercial: “La plata”, procediendo a apuntarla con dicha pistola, preparándola en al menos 3 ocasiones para luego manifestarle que le dé algo de $100.-, entregándole la víctima un caramelo, para luego salir del local, procediendo en aquel instante a sustraer un pack de bebidas y sale corriendo de este local por calle Donald Canter en dirección a la población El Laurel, especies avaluadas en la suma de $12.000. Al momento de su detención, el imputado portaba una pistola color negro con cargador de balines”. La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC que luego se refiere, de la misma fecha de la sentencia y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14, 15, 29, 432, 436 del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, 1, 15 bis, 17, 24 y 38 de la Ley N°18.216, se declara: I.- Se condena a Pablo Israel Poblete Soto, C.I. N°22.211.309-1, mayor de edad, domiciliado Las Tórtolas N°686, cabaña interior N°2, Valdivia, a sufrir la Código: VWHDXXHLYMY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena, por su responsabilidad como autor del delito de
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14, 15, 29, 432, 436 del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, 1, 15 bis, 17, 24 y 38 de la Ley N°18.216, se declara: I.- Se condena a Pablo Israel Poblete Soto, C.I. N°22.211.309-1, mayor de edad, domiciliado Las Tórtolas N°686, cabaña interior N°2, Valdivia, a sufrir la Código: VWHDXXHLYMY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena, por su responsabilidad como autor del delito de robo con intimidación, ejecutado con fecha 20 de enero de 2025, en la comuna de Valdivia, en perjuicio de Mónica del Carmen Barruel Obando. II.- Se concede a Pablo Israel Poblete Soto la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, debiendo someterse a un programa de actividades orientado a su reinserción social bajo la intervención individualizada de un delegado de la autoridad de Gendarmería de Chile, C.R.S. de Valdivia, por el mismo término de la condena, esto es, tres años y un día. Deberá cumplir, además, las condiciones del artículo 17 de la Ley N°18.216 y la condición especial del artículo 17 ter letra b) de la ley N°18.216, esto es, la prohibición de acercarse a la víctima o a
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Valdivia, diecisiete de junio de dos mil veinticinco Hechos: “En Valdivia, el día 20 de enero del año 2025, alrededor de las 20:15 horas, el imputado, PABLO ISRAEL POBLETE SOTO, con la intención de apropiarse de especies, se dirigió hasta el local comercial de nombre “Miami Vice”, ubicado en Pedro Castelblanco N° 3331, comuna de Valdivia. El imputado, ingresa a
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