CARABINEROS DE LIMACHE C/ ENZO ELÍAS AVARIA C
Rol
O-1468-2024
Fecha
12 de junio de 2025
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION., ROBO EN LUGAR NO HABITADO., ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos constituyen el delito consumado de robo del lugar no habitado (art. 440 n°1 del Código Penal), en que el acusado participó como autor directo (art. 15 n°1 Código Penal) HECHO 2: El día 11 de diciembre del año 2024, alrededor de las 03:50 aproximadamente, Enzo Elías Avaría Campos, con ánimo de sustraer especies ajenas, ingresa por medio del escalamiento del cierre perimetral al centro de eventos Campo Verde, ubicado en calle Santiago Bueras, número 252, comuna de Limache, siendo sorprendido por el guardia de seguridad del lugar, quien lo retuvo hasta la llegada de carabineros, no logrando Avaría Campos, la sustracción de las especies del interior del recinto. Los hechos configuran el delito frustrado de robo del lugar no habitado, en que el acusado participó como autor directo (art. 15 n°1 Código Penal) HECHO 3: El día 27 de diciembre del año 2024, alrededor de las 00:15 horas aproximadamente, (2:20) Enzo Elías Avaría Campos, con ánimo de sustraer especies ajenas, se dirigió hasta el domicilio de la víctima Alexis Andrés Tamayo Código: PFQFXXWFZDV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Navarro, ubicado en San Alfonso, número 550, parcela C 29 de la comuna de Limache, lugar al que hizo ingreso por medio del escalamiento del cierre perimetral, y luego forzando una ventana, ingresando al inmueble. Mientras estaba al interior del inmueble, llegó hasta el lugar de la víctima, motivo por el cual Avaría Campos intentó huir del lugar hacia las parcelas del sector, sin lograr la sustracción de las especies, siendo retenidos momentos después por vecinos del sector y entregado a carabineros. Los hechos constituyen el delito frustrado de robo de lugar habitado, en que el acusado participó como autor directo (art. 15 n°1 Código Penal). HECHO 4: El día 2 de enero del año dos mil 2025, alrededor de las 04:30 horas, aproximadamente, Enzo Elías Avaría Campos, con ánimo de sustraer especies ajenas, se dirigió has
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 n°6, 11 n°9, 14 n°1, 15 n°1, 28, 30, 70, 436 inciso 2°, 440 n°1, 442 n°1, 449, 456 Bis inciso 1° y 456 Bis inciso 3° del Código Penal; 406 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal; Ley 19.970 (de Registro de Adn), y Ley 18.216, se declara: I. Que, se CONDENA al acusado ENZO ELIAS AVARÍA CAMPOS, cédula de identidad n° 0018817663-1, a la pena única de nueve años de presidio mayor en su grado mínimo y dos multas de un tercio de unidad tributaria mensual, y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones Código: PFQFXXWFZDV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl titulares mientras dure la condena, por su responsabilidad como autor de: tres delitos de robo en lugar no habitado (art. 442 n°1 del Código Penal, encontrándose dos de ellos consumados y uno frustrado), dos delitos de robo en lugar habitado (art. 440 n°1 del Código Penal, encontrándose uno de ellos consumado y el otro frustrado), un delito consumado de robo por sorpresa (art. 436 inciso 2° del Código Penal), dos delitos consumados de receptación de especies (art. 456 Bis A del Código Penal), y un delito de receptación de vehículos motorizado (artículo 456 Bis A inciso 3 del Código Penal). Los delitos fueron ejecutados en las comunas de Limache y Olmué, los días 05 de noviembr
Texto Completo (Preview)
PROCEDIMIENTO ABREVIADO HECHO 1: El día 5 de noviembre del año 2024, alrededor de las 07:45 horas aproximadamente, Enzo Elías Avaría Campos, con ánimo de sustraer especies ajenas, se dirigió hasta el jardín infantil y sala cuna de nombre Blanca Nieves, ubicado en calle Baquedano, sin número, comuna de Olmué, al cual accedió mediante el escalamiento del cierre perimetral. Una vez en el patio interi
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