MINISTERIO PÚBLICO C/ MARCO ANTONIO NAVARRO RIFO
Rol
O-7671-2024
Fecha
17 de junio de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El día 11 de agosto de 2024, alrededor de las 19:55 hrs, el acusado Marco Antonio Navarro Rifo concurrió hasta las inmediaciones de calle Bellas Vista No 1487 de la comuna de Concepción, correspondiente a una fábrica de muebles cuyo nombre de fantasía es Norton SPA, cuyo propietario es Pablo Esteban Ojeda Sáenz , lugar en el cual el imputado con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño procede a ingresar mediante el forzamiento del candado del cierre perimetral, apropiándose de las siguientes especies: 2 planchas de tipo zinc de 4,5 metros de largo, avaluadas en la suma de 150 mil pesos, el imputado lo hacía en compañía de un segundo sujeto no identificado que huyó con las especies en su poder siendo retenido el imputado y entregado posteriormente a Carabineros. Sustituye procedimiento: Detalle del Hito Oídos los intervinientes,
Fundamentos
considerando las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal que concurren en la especie y la pena que, en definitiva, se solicita respecto del acusado, el Tribunal tiene por sustituido el procedimiento y dispone continuar la tramitación de esta causa de conformidad a las normas del procedimiento simplificado, teniendo la acusación como suficiente requerimiento. Sentencia en procedimiento simplificado: Ámbito afectado Detalle del Hito MARCO ANTONIO NAVARRO RIFO CAUSA: RUC 2400939086-K RIT 7671 - 2024 Fecha deliberación diecisiete de junio de dos mil veinticinco. Juez redactor CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ Resultado CONDENADO. JUZGADO DE GARANTÍA DE CONCEPCIÓN. C/ MARCO ANTONIO NAVARRO RIFO. Concepción, diecisiete de junio de dos mil veinticinco.
Fallo
En mérito de lo expuesto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 14, N° 1, 15 N° 1, 11 N° 6, 11 N° 9, 442 N° 1 del Código Penal; artículos 395, 406, 407, 409, 415, 416 del Código Procesal Penal; y artículos 3, 4, 24, 25 y 38 de la Ley 18.216; SE DECLARA: Código: EDEUXXQVXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 I. Que, SE CONDENA a MARCO ANTONIO NAVARRO RIFO, cédula de identidad N° 11.897.981-8, ya individualizado, como autor de delito consumado de Robo con fuerza cometido en lugar no habitado, previsto de sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, cometido en concepción el 11 de agosto de 2024, a las siguientes penas SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria de suspensión de cargo de oficio público mientras dure la condena. II. En cuanto a la pena temporal, el tribunal entiende se reúnen las exigencias de los artículos 3 y 4 de la ley 18.216, la pena se sustituye por un año de REMISIÓN CONDICIONAL, tiempo en el cual el señor Navarro queda sujeto a las fiscalización y supervigilancia de Gendarmería de Chile y cumplirá con las demás disposiciones que establece el artículo 5° del Reglamento de la citada ley. Para efectos de que pueda iniciar el cumplimiento de la pena, se va a presentar con su cédula de identidad en mano en dependencia del Centro de Reinserción Social de Concepción el día lunes 14 de julio de 2025 a las 9:00 horas, recordando que la no presenta
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1 Individualización de Audiencia de preparación de juicio oral Fecha Concepción, diecisiete de junio de dos mil veinticinco Magistrado CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ Fiscal SANDRA PATRICIA VEJAR CARVAJAL Defensor SANDRA BETANCOURT PINO Hora inicio 10:53 AM Hora término 11:01 AM Sala 2. Alondra Avello Hernández Tribunal Juzgado de Garantía de Concepción RUC 2400939086-K RIT 7671 - 2024 N° registro
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