Juzgado de Garantía de Loncoche

FISCALIA LONCOCHE C/ JUAN CARLOS FERNANDEZ ARAVENA

Rol

O-294-2025

Fecha

13 de junio de 2025

Materia

OCULT IDENT EN CONTROL PREVENT ART 496 N: 5 Y 12 LEY 20931, PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos establecidos: Se tuvo por acreditado que, don Juan Carlos Fernández Aravena, cédula nacional de identidad Nº 21.652.210-9, domiciliado en calle Galvarino Nº 973, comuna de Loncoche, 20 años, independiente, chileno, soltero, incurrió en el siguiente hecho: El día 07 de abril del año 2025, alrededor de las 10:35 horas de la mañana, en intercepción de calles José Miguel Carrera con Aníbal Pinto, de la comuna de Loncoche, llega Carabineros, toda vez que se habría recibido un llamado que se encontraban jóvenes consumiendo bebidas alcohólicas y drogas a un costado del Hospital de Loncoche, al momento de llegar al lugar Carabineros se encuentra con el requerido Juan Carlos Fernández Aravena, quien mantenía junto a él sus pertenencias y además un olor sugerente a marihuana, efectuándose una solicitud para efectos de que entregara su identidad, negándose este al mismo, señalando de que este no mantenía cédula de identidad, negándose al control que se efectuaba por personal de Carabineros. En dicho sentido y con la finalidad de trasladarlo hasta la unidad policial, personal de carabineros efectúa una revisión superficial de sus pertenencias, encontrado en su bolsillo del costado izquierdo un arma blanca tipo punta, respecto a lo cual el sujeto indicó que lo usaba para defensa personal, sin una justificación razonable para su utilización en la vía pública. Posteriormente, ya en la unidad policial, sólo a través del sistema biométrico, se pudo establecer la identidad del requerido Juan Carlos Fernández Aravena. Parte resolutiva: Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 3, 7, 11 Nº 6 y 11 Nº 9, 15, 21, 30, 49, 50, 59, 61, 62, 67, 70 y 496 Nº 5 y 288 bis del código penal; artículos 36, 45, 295, 297, 340, 342, 343, 348, 388 y siguientes del código procesal penal, se resuelve: I.- Que, se condena a Juan Carlos Fernández Aravena, cédula nacional de identidad Nº 21.652.210-9, ya individualizado, como autor, en grado de consumado, de

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 3, 7, 11 Nº 6 y 11 Nº 9, 15, 21, 30, 49, 50, 59, 61, 62, 67, 70 y 496 Nº 5 y 288 bis del código penal; artículos 36, 45, 295, 297, 340, 342, 343, 348, 388 y siguientes del código procesal penal, se resuelve: I.- Que, se condena a Juan Carlos Fernández Aravena, cédula nacional de identidad Nº 21.652.210-9, ya individualizado, como autor, en grado de consumado, de la falta de ocultacion de identidad, previsto y sancionado en el artículo 496 Nº 5 del código penal, hecho cometido el día 07 de abril de 2025, en la comuna de Loncoche, a la pena de multa ascendiente a un tercio de unidad tributaria mensual, a beneficio fiscal. En cuanto al cumplimiento de la sanción pecuniaria, se sustituirá por un día de reclusión, dándose por cumplida con el mérito del tiempo que ha estado privado de libertad con motivo de esta causa, esto es, desde el día 07 de abril de 2025 al 08 de abril de 2025.- I.- Que, se condena a Juan Carlos Fernández Aravena, cédula nacional de identidad Nº 21.652.210-9, ya individualizado, como autor, en grado de consumado, del delito de porte de arma cortante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del código penal, hecho Código: TZZSXXELEKT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cometido el día 07 de abril de 2025, en la comuna de Loncoche, a la pena de multa ascendiente a un tercio de unidad tributaria mensual, a b

Texto Completo (Preview)

Loncoche, trece de junio de dos mil veinticinco. Conforme al artículo 62 inciso 3 del acta 71-2016, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. Los hechos establecidos: Se tuvo por acreditado que, don Juan Carlos Fernández Aravena, cédula nacional de identidad Nº 21.652.210-9, domiciliado en calle Galvarino Nº 973, comuna de Loncoche, 20 añ

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