CESAR ALEJANDRO GONZALEZ PEREZ C/ CÉSAR ARMANDO ÁGUILA OLIVARES
Rol
O-1225-2022
Fecha
16 de junio de 2025
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO., CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Ancud, 16 de junio de 2025. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 N°6 y N° 9, 14, 15 N°1, 18, 21 y siguientes, 49, 50, 61 y siguientes del Código Penal; artículos 196 y 110 de la Ley de Tránsito, artículo 1, 4, 5 de la Ley N°18.216, y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a don CESAR ARMANDO AGUILA OLIVARES, cédula de identidad n°20.571.499-5, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO (61), multa de 1/3 de UTM, accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, todo lo anterior por su responsabilidad como AUTOR en el delito de CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN Código: CMCMXXLMXCT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, previsto sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 ambos de la Ley 18.290 sobre Transito, en grado de CONSUMADO, por el hecho ocurrido el día 15 de agosto de 2022, en la ciudad de Ancud. II.- Que, por el delito antes descrito, se le condena además a la pena accesoria de suspensión de licencia de conducir por el plazo de DOS AÑOS, sirviéndole de abono el tiempo que la mantuvo retenida por suspensión condicional del procedimiento, desde el día 30 de noviembre de 2022 hasta el día 26 de junio de 2024. Ofíciese al Registro Nacional de Conductores y al Departamento de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de Ancud, dando cuenta de la suspensión de licencia de conducir por parte del sentenciado a efectos de no entregar un duplicado respecto de la misma. III.- Que, SE CONDENA a don CESAR ARMANDO AGUILA OLIVARES, cédula de identidad n°20.571.499-5, ya indiv
Fallo
por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 N°6 y N° 9, 14, 15 N°1, 18, 21 y siguientes, 49, 50, 61 y siguientes del Código Penal; artículos 196 y 110 de la Ley de Tránsito, artículo 1, 4, 5 de la Ley N°18.216, y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a don CESAR ARMANDO AGUILA OLIVARES, cédula de identidad n°20.571.499-5, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO (61), multa de 1/3 de UTM, accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, todo lo anterior por su responsabilidad como AUTOR en el delito de CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN Código: CMCMXXLMXCT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, previsto sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 ambos de la Ley 18.290 sobre Transito, en grado de CONSUMADO, por el hecho ocurrido el día 15 de agosto de 2022, en la ciudad de Ancud. II.- Que, por el delito antes descrito, se le condena además a la pena accesoria de suspensión de licencia de conducir por el plazo de DOS AÑOS, sirviéndole de abono el tiempo que la mantuvo retenida por suspensión condicional del procedimiento, desde el día 30 de noviembre de 2022 hasta el día 26 de junio de 2024. Ofíciese al Registro Nacional de Conduct
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de procedimiento abreviado.. Fecha Ancud., dieciséis de junio de dos mil veinticinco Magistrado FRANCISCO CERDA PEREZ Fiscal MARIA PAZ PARADA BURGOS Defensora Particular PATRICIA MORA (comparece personalmente en el Tribunal) Hora inicio 10:50AM Hora termino 11:14AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Ancud Acta gad RUC 2200793428-2 RIT 1225 - 2022 NOMBRE IMP
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