Juzgado de Garantía de San Bernardo

MP C/ JOSÉ FRANCISCO ZÚÑIGA ESCÁRATE

Rol

O-4984-2022

Fecha

12 de junio de 2025

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 2 de junio de 2022 alrededor de las 6:00hrs., funcionarios de carabineros de chile, en la intersección de calles Almirante Riveros con Los Suspiros en la comuna de San Bernardo, sorprenden a los imputados JASON SINCLAIR TORNERÍA BARRERA, JOSÉ FRANCISCO ZÚÑIGA ESCÁRATE y JONATHAN ALBERTO POBLETE SALINAS en posesión de 200 metros de cable y de fibra óptica perteneciente a la empresa telefónica chile SA representada por Juan Chávez Vejar, los que habían sido sustraídos momentos antes, del tendido público ubicado en el sector, circunstancia que los imputados sabían o no podían menos que conocer. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se condena a JOSÉ FRANCISCO ZÚÑIGA ESCÁRATE, cédula de identidad N° 0018939789-5, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN (61) días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio (1/3) de Unidad Tributaria Mensual, y accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de Código: RXXXXXFDRVP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl autor del delito consumado de RECEPTACION, perpetrado el día 02 de junio de 2024, en territorio Jurisdiccional de éste Tribunal. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos contenidos en el artículo 4° de la Ley N° 18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia de centro de reinserción social de Gendarmería de Chile que territorialmente corresponda por el lapso de un (1) año, debiendo presentars

Fallo

Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se condena a JOSÉ FRANCISCO ZÚÑIGA ESCÁRATE, cédula de identidad N° 0018939789-5, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN (61) días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio (1/3) de Unidad Tributaria Mensual, y accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de Código: RXXXXXFDRVP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl autor del delito consumado de RECEPTACION, perpetrado el día 02 de junio de 2024, en territorio Jurisdiccional de éste Tribunal. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos contenidos en el artículo 4° de la Ley N° 18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia de centro de reinserción social de Gendarmería de Chile que territorialmente corresponda por el lapso de un (1) año, debiendo presentarse en el plazo de 5 días desde que ejecutoriada se encuentre esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva fuere revocada o quebrantada, cumplirá íntegra y efectivamente la pena corporal impuesta o, se la reemplazará por una de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas, sin

Texto Completo (Preview)

ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha : doce de junio de dos mil veinticinco. Imputado : JOSÉ FRANCISCO ZÚÑIGA ESCÁRATE, cédula de identidad N° 0018939789-5, nacido el 26 de enero de 1995, ignoro profesión u oficio, con domicilio en Pasaje 9 SUR Nº 5197, comuna de Lo Espejo. Víctima : JUAN LUIS CHÁVEZ VEJAR. Fiscal : MARÍA EUGENIA ARANEDA Querellante : IGNACIO JAURE Defe

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