Juzgado de Garantía de Arica

DILLMAN LEANDRO RAMIREZ CACERES C/ BRANDON SAMAEL GLENN VARGAS IBACETA

Rol

O-4214-2025

Fecha

11 de junio de 2025

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos anteriormente descritos configuran el delito de Porte de arma cortante o punzante, sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal. Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los hechos del requerimiento. Sentencia. Procedimiento Simplificado. Arica, once de junio de dos mil veinticinco. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 5°, 7°, 11 N° 9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 25, 49, 67, 69, 70 y 288 bis del Código Penal; y 1°, 4°, 36, 297, 342, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que se condena a Brandon Samael Glenn Vargas Ibaceta, cédula de identidad N° 19.495.751-3, ya individualizado, a las penas de multa de un tercio de unidad tributaria Código: MNYXXXJTTMG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mensual, más el comiso del arma blanca incautada para su posterior destrucción, sin costas, como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante, castigado por el artículo 288 bis del Código Penal, sorprendido en Arica el 10 de junio de 2025. La multa se tendrá por cumplida por el día que paso a control de la detención, conforme lo establece el artículo 49 del Código Penal. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente que los intervinientes renuncian a los plazos para deducir recursos contra la sentencia, por lo que se entiende ejecutoriada. RUC 2500804805-6 RIT 4214 - 2025 Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña ANA PAULA SEPÚLVEDA BURGOS, Jueza (s) del Juzgado de Garantía de Arica. Código: MNYXXXJTTMG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-13T15:34:34-0400

Fallo

se declara: I. Que se condena a Brandon Samael Glenn Vargas Ibaceta, cédula de identidad N° 19.495.751-3, ya individualizado, a las penas de multa de un tercio de unidad tributaria Código: MNYXXXJTTMG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mensual, más el comiso del arma blanca incautada para su posterior destrucción, sin costas, como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante, castigado por el artículo 288 bis del Código Penal, sorprendido en Arica el 10 de junio de 2025. La multa se tendrá por cumplida por el día que paso a control de la detención, conforme lo establece el artículo 49 del Código Penal. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente que los intervinientes renuncian a los plazos para deducir recursos contra la sentencia, por lo que se entiende ejecutoriada. RUC 2500804805-6 RIT 4214 - 2025 Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña ANA PAULA SEPÚLVEDA BURGOS, Jueza (s) del Juzgado de Garantía de Arica. Código: MNYXXXJTTMG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-13T15:34:34-0400

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, once de junio de dos mil veinticinco Magistrado ANA PAULA SEPÚLVEDA BURGOS Fiscal DANIELLA FRANCCESCA ANNIBALI LIENDO Defensor WLADIMIR ANDRÉS ROBLES SANTOS Tipo de Audiencia CONTROL DE LA DETENCION Hora inicio 12:31 Hora termino 12.41 Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2500804805-6-992-250611-00-12 - CDET ASB VPP RIT 4214 25 Acta VPP RUC

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