FISCALIA IQQ C/ PABLO ARMANDO CASTILLO BRIONES
Rol
O-1388-2025
Fecha
13 de junio de 2025
Materia
CONTRAB. INFRAC A LA ORD. DE ADUAN ART 168. LEY 20.780, POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 07 de marzo del año 2025, aproximadamente a las 22:00 horas, en la avanzada aduanera de Río Loa, en la comuna de Iquique, el personal de Aduana, en el ejercicio de sus facultades, procedió a fiscalizar al bus de la empresa Plus Chile y a sus pasajeros, dentro de los cuales se encontraba el imputado Pablo Armando Castillo Briones, a quien, en la revisión de rigor, se le sorprendió manteniendo consigo oculta una pistola marca Taurus, de color gris, con 15 cartuchos, de los cuales 14 son de marca Luger y uno es de marca Isla, los cuales eran transportados sin mantener ningún tipo de autorización, adosados al cuerpo, a un costado del abdomen. Dichas especies constituyen mercancía prohibida de origen extranjero, la cual no fue declarada ni manifestada, sin acreditar el imputado su legal internación al país. A la pericia de rigor preliminar se determinó que las especies se encontraban aptas para el disparo. El valor aduanero del arma de fuego marca Taurus asciende a la suma total de $690,18 dólares, equivalentes a moneda nacional, según el tipo de cambio del mes de marzo del año 2025 (941 pesos), a la suma, por tanto, de $650.000 pesos. Código: KTVXXXZXFZG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El valor aduanero de las 15 municiones incautadas asciende a la suma de $10,51 dólares, equivalente a la moneda nacional, según el tipo de cambio del mes de marzo del 2025 (941,76 pesos), a la suma de $9.898 pesos. El valor aduanero de las mercancías incautadas, en razón de lo dispuesto por Aduana, equivale a $659.898 pesos. Lo hecho antes descrito, a criterio del Ministerio Público, constituiría el delito de porte ilegal de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 9 y 2, letra b), de la Ley 17.798, en calidad de autor y en carácter de consumado; y, además, el delito de contrabando, previsto y sancionado en el artículo 168, inciso II, en relación con el artículo 178, número 1, artículo 179
Fallo
por tanto, de $650.000 pesos. Código: KTVXXXZXFZG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El valor aduanero de las 15 municiones incautadas asciende a la suma de $10,51 dólares, equivalente a la moneda nacional, según el tipo de cambio del mes de marzo del 2025 (941,76 pesos), a la suma de $9.898 pesos. El valor aduanero de las mercancías incautadas, en razón de lo dispuesto por Aduana, equivale a $659.898 pesos. Lo hecho antes descrito, a criterio del Ministerio Público, constituiría el delito de porte ilegal de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 9 y 2, letra b), de la Ley 17.798, en calidad de autor y en carácter de consumado; y, además, el delito de contrabando, previsto y sancionado en el artículo 168, inciso II, en relación con el artículo 178, número 1, artículo 179, letra d), 180 y 181 c), todos de la Ordenanza General de Aduanas, en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado. Delitos: Porte ilegal de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 9 y 2 letra b), de la Ley N°17.798. (Condenado). Contrabando, previsto y sancionado en el artículo 168, inciso II, en relación con el artículo 178 N°1, artículo 179, letra d), 180 y 181 c), todos de la Ordenanza General de Aduanas (Absuelto). Participación: Autor Grado de ejecución: Consumado Admisión de responsabilidad: Sí Circunstancias modificatorias: No concurren “La resolución se encuentra íntegra en el registro de audio d
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Individualización de Audiencia de procedimiento abreviado Fecha Iquique, trece de junio de dos mil veinticinco Magistrado RICARDO MARCELO LEYTON PAVEZ Fiscal CAMILA ALEJANDRA ALBARRACÍN GONZÁLEZ Defensor SHUJUAN JIA Hora inicio 11:04 AM Hora termino 11:25 AM Sala SALA D Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique Acta JIG/MAG RUC 2500317846-6 RIT 1388 – 2025 Delito Posesion o tenencia de armas prohibi
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