Juzgado de Garantía de Yungay

MP C/ IGNACIO GREGORIO TAPIA SAAVEDRA

Rol

O-1299-2022

Fecha

12 de junio de 2025

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Fallo

Por estas consideraciones y tomando en cuenta lo que disponen los artículos 1, 3, 5 artículos 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 25, 30, 49, 67, 70, 456 bis-A del Código Penal, artículos 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se condena a NICOLÁS IGNACIO OROZCO TAPIA, cédula de identidad N°18.816.614-8, domiciliado en pasaje Las Palmas Candelaria casa Nº 2176, comuna de San Perro de la Paz, ya individualizada en su calidad de autor y en grado de ejecución consumado, por el delito receptación de especies, previsto y sancionado en el artículo 456 bis-A del Código Penal, a la pena de SESENTA Y UN DÍA (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN GRADO MÍNIMO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de duración de la condena, más una multa de DOS (2) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, por el ilícito cometido el día 17 de octubre del año 2022, en territorio jurisdicional de este tribunal. II.- Que respecto tanto a la pena corporal como la pena de multa, estas se darán por cumplidas, en atención al mayor tiempo de privación de libertad que registra el devengado a su favor, esto es por los dos días de su detención y posteriormente arresto domiciliario nocturno, desde el día 21 de octubre de 2022 hasta el día de hoy, lo que suma un total mayor a la pena impuesta. III.- Que no se condena en costas al sentenciado en razón a que libre y voluntariamente aceptó este procedimiento simplificado, ahorrándole así recursos al Estado, adem

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SENTENCIA: Yungay, doce de junio de dos mil veinticinco. Vistos, Oído y Considerando. Resolutiva: Por estas consideraciones y tomando en cuenta lo que disponen los artículos 1, 3, 5 artículos 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 25, 30, 49, 67, 70, 456 bis-A del Código Penal, artículos 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se condena a NICOLÁS IGNACIO OROZCO TAPIA

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