Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó

MINISTERIO PUBLICO C/ ROBERTO SANTIAGO DE JESÚS PIÑA VELÁSQUEZ

Rol

O-43-2025

Fecha

13 de junio de 2025

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y circunstancias que han sido objeto de la acusación del Ministerio Público, según en síntesis se expresa en ella de acuerdo al auto de apertura, son del siguiente tenor: “El día 06 de febrero de 2024, aproximadamente a las 14:10 horas, previa autorización judicial, funcionarios de PDI, ingresaron al domicilio ubicado en Condominio El Inca, ubicado en callejón El Inca N° 686, departamento 508, torre C, Copiapo, lugar donde los acusados Roberto Código: BXUBXXRHDRH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Piña Velásquez y Kevin Fuentes Velásquez, poseían y guardaban con fines de tráfico, 614 gramos brutos de cannabis sativa, 03 paquetes con film trasparentes contenedores de 3 kilos 510 gramos brutos de cannabis sativa, ( en total 3 kilos 585,93 gramos netos de marihuana) y poseían y mantenían una bolsa con 833, 86 gramos netos de ketamina, además se les incauto la suma de $900.000, asimismo acusados Roberto Piña Velásquez y Kevin Fuentes Velásquez mantenían y poseían, sin contar con las autorizaciones correspondientes, 01 cartucho calibre 5.56 marca FIO, 4cartuchos calibre .40 marca S&W, 21 cartuchos calibre 9mmcorto y 2 cartuchos de escopeta, calibre 12, municiones y cartuchos aptos para ser disparados. Por otra parte, autorizados judicialmente, funcionarios policiales de PDI, el 06 de febrero de 2024, a las 17:05 horas, registraron domicilio ubicado en calle Colonia Libanesa N° 1370, población colonias extranjeras, Copiapo, lugar donde acusado Roberto Piña Velásquez, poseía y guardaba 01 arma de fuego tipo revolver, sin marca ni modelo ni número de serie, sin su tambor, y mantenía y poseía un arma de fuego tipo escopeta de confección artesanal, compuesta de una culata de madera y un cañón metálico, adaptada para el disparo de munición calibre 12, no apta para el disparo por la falta de la punta de aguja percutora.” A juicio del Ministerio Público, los acusados Fuentes Velásquez y Piña Velásquez,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación fiscal.- Que los hechos y circunstancias que han sido objeto de la acusación del Ministerio Público, según en síntesis se expresa en ella de acuerdo al auto de apertura, son del siguiente tenor: “El día 06 de febrero de 2024, aproximadamente a las 14:10 horas, previa autorización judicial, funcionarios de PDI, ingresaron al domicilio ubicado en Condominio El Inca, ubicado en callejón El Inca N° 686, departamento 508, torre C, Copiapo, lugar donde los acusados Roberto Código: BXUBXXRHDRH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Piña Velásquez y Kevin Fuentes Velásquez, poseían y guardaban con fines de tráfico, 614 gramos brutos de cannabis sativa, 03 paquetes con film trasparentes contenedores de 3 kilos 510 gramos brutos de cannabis sativa, ( en total 3 kilos 585,93 gramos netos de marihuana) y poseían y mantenían una bolsa con 833, 86 gramos netos de ketamina, además se les incauto la suma de $900.000, asimismo acusados Roberto Piña Velásquez y Kevin Fuentes Velásquez mantenían y poseían, sin contar con las autorizaciones correspondientes, 01 cartucho calibre 5.56 marca FIO, 4cartuchos calibre .40 marca S&W, 21 cartuchos calibre 9mmcorto y 2 cartuchos de escopeta, calibre 12, municiones y cartuchos aptos para ser disparados. Por otra parte, autorizados judicialmente, funcionarios policiales de PDI, el 06 de febrero de 2024, a las 17:05 horas, registraron domicilio ubicado en calle Colonia Libanesa N° 1370, población colonias extranjeras, Copiapo, lugar donde acusado Roberto Piña Velásquez, poseía y guardaba 01 arma de fuego tipo revolver, sin marca ni modelo ni número de serie, sin su tambor, y mantenía y poseía un arma de fuego tipo escopeta de confección artesanal, compuesta de una culata de madera y un cañón metálico, adaptada para el disparo de munición calibre 12, no apta para el disparo por la falta de la punta de aguja percutora.” A juicio del Ministerio Público, los acusados Fuentes Velásquez y Piña Velásquez, son autores, en los términos del artículo 15 número 1 del Código Penal, de los delitos consumados de tráfico ilícito de drogas, en la modalidad de posesión, previsto y sancionado en el artículo 3° en relación con el artículo 1°, ambos de la Ley 20.000, y tenencia no autorizada de municiones, contemplado en los artículos 9° y 2 letra c) de la Ley 17.798; atribuyéndose además al acusado Roberto Piña, participación en calidad de autor, de acuerdo al citado artículo 15 número 1 del estatuto punitivo, del delito consumado de tenencia ilegal de arma de fuego de los artículos 9° y 2 letra b) de la Ley sobre control de armas y explosivos. Código: BXUBXXRHDRH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 Indicó que perjudica al acusado Fuentes Velásquez la agravante contenida en el artículo 12 número 16 del texto penal, sin invocar en favor de ninguno de los acusados causales de atenuaci

Fallo

Por lo expuesto, se logra tener como hechos procesalmente establecidos, que los acusados Fuentes Velásquez y Piña Velásquez mantenían en el domicilio en que fueron sorprendidos, sin contar con la autorización competente, las municiones que aparecen consignadas en el veredicto y que fueron encontradas allí, a lo que se encontraban obligados. 3° Tenencia ilegal de partes, dispositivos y piezas de un arma de fuego. Finalmente, para la mayoría del Tribunal -conforme la declaración del mismo policía Gallardo y del perito Michael Jonas; las fotografías 6 y 7 del set número 2), y 17 y 18 del set número 3); y la prueba documental número 6)- los hechos relacionados en el motivo anterior de esta resolución, resultan constitutivos del delito consumado de tenencia ilegal de partes, dispositivos y piezas de un arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 9 inciso primero en relación al artículo 2 letra b) de la Ley 17.798, al mantener el agente en su poder dichos elementos, sin contar con la autorización de las autoridades que refiere el artículo 4° del mismo estatuto normativo. En efecto, aun cuando concordamos en que el delito de tenencia o posesión ilegal, se configura al tener o mantener, particulares en su poder, los elementos a que alude el artículo 2 letra b) ya referido, sin las autorizaciones a que se refiere el artículo 4° de la misma normativa; mientras que el porte ilegal, da cuenta del transporte en público de los elementos en referencia, sin la competente autorizac

Texto Completo (Preview)

1 Copiapó, trece de junio de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Que ante la Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, integrada por los Magistrados titulares don Luis Meza Marín, quien la presidió, don Eugenio Bastías Sepúlveda y don Juan Pablo Palacios Garrido, el día veintinueve de mayo pasado, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa

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