JULIO NICOLAS ROMERO VILCHES C/ ARMANDO NICOLAS MORAGA GALLARDO
Rol
O-982-2025
Fecha
11 de junio de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): El día de febrero de , a las : horas aproximadamente, la víctima Wilson Carreño Fernández, conducía el vehículo PPU PCWS- por calle Cactus intersección con calle Alcázar Poniente, comuna de Maipú, el acusado Armando Moraga Gallardo sorpresivamente abre la puerta del conductor del vehículo que no tenían puestos los seguros y usando un cuchillo intimida a la víctima señalándose que se quedara tranquilo y le sustrae la billetera, pero al percatarse que esta no mantenía dinero, lo hace descender del vehículo para sustraerlo, subiéndose el acusado en el asiento del chofer iniciando la marcha chocando contra un vehículo que estaba estacionado en el lugar, siendo detenido el acusado en el lugar por transeúntes y por la propia víctima para luego ser entregado a Carabineros de Chile, encontrando en su poder el arma usada en la comisión del delito. Resolución: Los hechos antes descritos son constitutivos del delito de configuran el delito de Robo con intimidación, previsto y sancionado en los artículos inciso primero del Código Penal, se le atribuye participación en calidad de autor y grado desarrollo consumado. Se reconoce como circunstancias modificatorias de responsabilidad penal las atenuantes del artículo N° y N° Código Penal. Se condena al imputado ARMANDO NICOLAS MORAGA GALLARDO, ya individualizado, como autor del delito del delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo inciso primero del Código Penal, por los hechos cometidos el día de febrero de , a la pena de: i. Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. ii. Accesorias legales generales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. iii. Registro de huella genética en registra nacional de ADN; iv. Sin costas. Se sustituye la pena de cárcel por la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por el mis
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Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: 0 9 00 Fax: 0 9 Centro de Justicia de Santiago COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: once de junio de dos mil veinticinco TRIBUNAL: 9º Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: MARÍA INÉS HERNÁNDEZ CÁCERES RUC: - RIT: - IMPUTADO: ARMANDO NICOLAS MORAGA GALLARDO CI: - Hechos (corresponden a lo
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