Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

SALCOBRAND S.A/ICT COMUNAL TRABAJO SANTIAGO SUR

Rol

I-28-2022

Fecha

12 de noviembre de 2022

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 499 y siguientes y 503 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se ACOGE la reclamación interpuesta en la presente causa por Mara Alexis Ibaceta Figueroa, en representación de Salcobrand S.A., en contra de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur, representada por su Inspector Jefe Boris Pérez Fodich, solo en cuanto se rebaja a 40 UTM la multa impuesta por Resolución N°8656/21/16/1, de fecha 13 de mayo de 2021. II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese a las partes por correo electrónico y archívense los antecedentes en su oportunidad. RIT I-28-2022 RUC 22- 4-0430254-3 PRONUNCIADA POR PATRICIA AGÜERO GAETE, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL.

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que Mara Alexis Ibaceta Figueroa, abogada, en representación de Salcobrand S.A., persona jurídica del giro comercial, ambas domiciliados para estos efectos en avenida Santa Lucía 344, oficina 61, comuna de Santiago, interpone reclamo judicial en contra de Resolución de Multa N°1840/22/29, Multa N°1, de fecha 29 de agosto del año 2022 dictada por la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur, representada legalmente por don Boris Iván Pérez Fodich, con domicilio en calle Pirámide N°1044, comuna de San Miguel, la cual le cursó multa por la suma de 60 UTM equivalente a $3.526.320.-, con el objeto que esta sea dejada sin efecto en su totalidad o, en subsidio, rebajada en el monto que se estime pertinente, con costas. Fundando su pretensión señala que en la especie no existe la infracción que se imputa a su representada y que la multa reclamada es producto de un evidente error de hecho por parte de la funcionaria a cargo de la fiscalización, conforme explica y detalla, dándose por integra y expresamente reproducida la demanda en lo pertinente. SEGUNDO: Que la reclamada contestando el libelo pretensor, solicitó el rechazo del reclamo en todas sus partes, con costas, en virtud de los argumentos que constan en el registro de audio respectivo, el que se da por íntegramente reproducido para todos los efectos legales. TERCERO: Que llamadas las partes conciliación por el tribunal, dicho trámite no próspero, procediéndose a recibir la causa a prueba y rindiendo las partes las probanzas que constan en el acta respectiva. CUARTO: Que según consta del mérito de los antecedentes, con fecha 29 de agosto de 2022, se dictó la resolución N°1840/22/29 – 1 en virtud de la cual se cursó a la reclamante una multa administrativa ascendente a 60 UTM. Que la multa antes individualizada fue cursada por “NO PAGAR LAS REMUNERACIONES CONSISTENTES EN "BONO CALIDAD SERVICIO" ESTIPULADO EN LA CLÁUSULA VII LETRA D) DEL CONTRATO DE TRABAJO DE FECHA 01/12/2014, RESPECTO DE LA TRABAJADORA Y PERÍODOS QUE SE INDICAN: KATHERINE IVETTE SANGUINETTI POBLETE (RUT: 16.176.139-7) DURANTE EL PERÍODO FEBRERO/2022 Y ABRIIV2022. HABIÉNDOSE VERIFICADO QUE, LA PARTE EMPLEADORA NO ACREDITA LA CORRECCIÓN DE LA INFRACCIÓN CONSTATADA DENTRO DEL PLAZO OTORGADO.” QUINTO: Que según consta de las respectivas liquidaciones incorporadas en la causa, en los meses de diciembre de 2021, enero, marzo y mayo de 2022, la trabajadora Katherine Sanguinetti Poblete percibió el “Bono Calidad Servicio”, el que no le fue pagado en los meses de febrero y abril del mismo año. Que al respecto la reclamante señala en su libelo que no existe la infracción que se le imputa y explica que luego de las modificaciones legales establecidas por las leyes 20.724 y 20.850, que establecieron la prohibición de que los dependientes de farmacias recibieran comisiones variables por la venta de productos farmacéuticos que tendieran a privilegiar la venta de uno por sobre otro, Salcobrand S.A. debió modificar su

Fallo

se resuelve: I.- Que se ACOGE la reclamación interpuesta en la presente causa por Mara Alexis Ibaceta Figueroa, en representación de Salcobrand S.A., en contra de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur, representada por su Inspector Jefe Boris Pérez Fodich, solo en cuanto se rebaja a 40 UTM la multa impuesta por Resolución N°8656/21/16/1, de fecha 13 de mayo de 2021. II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese a las partes por correo electrónico y archívense los antecedentes en su oportunidad. RIT I-28-2022 RUC 22- 4-0430254-3 PRONUNCIADA POR PATRICIA AGÜERO GAETE, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, doce de noviembre de dos mil veintidós Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: Que Mara Alexis Ibaceta Figueroa, abogada, en representación de Salcobrand S.A., persona jurídica del giro comercial, ambas domiciliados para estos efectos en avenida Santa Lucía 344, oficina 61, comuna de Santiago, interpone reclamo judicial en contra de Resolución de Multa N°1840/22/29, Multa N°1, de fecha

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