MANUEL WERNER HERRERA BLANCO C/ JOSÉ MIGUEL FUENTES MORALES
Rol
O-30-2024
Fecha
13 de junio de 2025
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que el día 4 de junio pasado ante esta primera sala del Tribunal Oral en lo Penal de Talca se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer la acusación fiscal y adhesión del querellante a la misma, dirigidas contra JOSÉ MIGUEL FUENTES MORALES, cédula de Identidad N°12.520.496-1, casado, electricista, con estudios hasta 4° de enseñanza media, nacido en Talca el día 16 de abril de 1973, con 52 años al día del juicio, domiciliado en calle 2 ½ Oriente Norte A, N°3474, comuna de Talca, asistido por el abogado defensor penal público, don Didier Torres Ascencio. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la fiscal adjunto, doña Loreto Escobar Silva. Adhirió a la acusación fiscal el querellante MANUEL WERNER HERRERA BLANCO, con domicilio en villa La Quinta, al lado sur del camino a Talca, representando en juicio por los abogados don Cristian Netten Martínez y don Norman Aravena Urra. Los domicilios de los intervinientes letrados y formas de notificación constan en la carpeta virtual.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la imputación fáctica efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, a la que adhirió el querellante, según el auto de apertura, es del siguiente tenor: En Talca, el año 2016, la víctima MANUEL WERNER HERRERA BLANCO, junto a otras personas, decidió comprar un terreno en el sector las Rastras a fin de construir cada una de ellas, una casa habitación dentro de un terreno espacioso, cómodo y tranquilo, lejos del centro de la ciudad. Tiempo después, el año 2017, en una reunión social, el grupo conversaba acerca de la construcción, reunión en la que se encontraba presente el imputado JOSE MIGUEL FUENTES MORALES, amigo del ofendido, quien aparentaba ser un contratista dedicado a la construcción, consolidado en el rubro, con medios para desarrollar trabajos importantes con grandes empresas inmobiliarias de la región, y por ello ofreció sus servicios, comprometiendo la elaboración de un presupuesto para la edificación de tres viviendas. Alrededor del mes de agosto de 2017, el imputado envió a la víctima un presupuesto atractivo, pues contemplaba costos más bajos que aquellos cobrados por otras constructoras Código: PKUVXXMZCTF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de la zona, por esa razón, el ofendido y las demás personas involucradas en el proyecto decidieron encomendarle la construcción de tres viviendas en el Sector las Rastras, Calle 45 Y ½ 0riente N° 3378, Lote C, Comuna De Talca. La decisión se adoptó no sólo por el precio ofertado sino también, por la confianza que el ofendido tenía con el imputado, pues les unía una amistad de aproximadamente 20 años. Esta fue la misma razón por la que HERRERA BLANCO firmó el contrato de construcción con FUENTES MORALES, haciendo las veces de cabeza del grupo de propietarios. HERRERA BLANCO creía estar frente a un empresario de la construcción, serio y exitoso, responsable y con un importante patrimonio como respaldo, tal como él lo afirmaba. El 15 de noviembre de 2017, HERRERA BLANCO y el imputado FUENTES MORALES firmaron el Contrato de Prestación de Servicios en que el segundo aceptó prestar los servicios de construcción de 3 viviendas unifamiliares de un piso en el lugar señalado, sector las Rastras de Talca, entregar en forma óptima y eficiente, tres viviendas con estructura de albañilería reforzada de ladrillo fiscal, cubierto de teja asfáltica, terminadas interior y exteriormente con estuco y pintura, pisos interiores de cerámica en sectores húmedos, piso flotante resto de vivienda, revestimientos de muros de baños y cocina en cerámica, y artefactos sanitarios de calidad estándar. Se acordó que la obra sería supervisada por el arquitecto proyectista Osvaldo Montero Solar, que cumpliría funciones de ITO. Se acordó también, que el valor total por los proyectos sería de $99.000.000, es decir $ 33.000.000 de pesos cada vivienda. Al momento de la firma del contrato, se pagaron $30.000.000 de pesos, depositados
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 14, 467, 468 del Código Penal; artículo 1551 del Código Civil, artículos 1, 45, 48, 295, 296, 297, 329, 340, 341, 342, 344 y 346 del Código Procesal Penal; SE DECLARA: Código: PKUVXXMZCTF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que SE ABSUELVE a JOSÉ MIGUEL FUENTES MORALES de la acusación fiscal y de la adhesión de la querellante a la misma, formuladas en su contra que lo suponían autor de un presunto delito de estafa, supuestamente perpetrado en esta ciudad en perjuicio de Manuel Werner Herrera Blanco, entre noviembre de 2017 y abril 2018. II.- Que SE ABSUELVE al Ministerio Público y a la querellante del pago de las costas, atendidos los fundamentos del motivo décimo noveno de esta sentencia. En su oportunidad, ofíciese al Juzgado de Garantía de Talca remitiéndose copia de esta sentencia. Devuélvase a los intervinientes los elementos de prueba incorporados. Redacción de la sentencia del Juez destinado Héctor Mardones Echeverría. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. RUC N°1910039564-1 RIT N°30-2024 Pronunciada por el Juez, don Cristian Albarrán Cáceres, quien presidió la audiencia, por la jueza, doña Natalia Astudillo Morales y por el juez, don Héctor Mardones Echeverría. Código: PKUVXXMZCTF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-13T11:08:5
Texto Completo (Preview)
Talca, trece de junio de dos mil veinticinco. VISTO: Que el día 4 de junio pasado ante esta primera sala del Tribunal Oral en lo Penal de Talca se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer la acusación fiscal y adhesión del querellante a la misma, dirigidas contra JOSÉ MIGUEL FUENTES MORALES, cédula de Identidad N°12.520.496-1, casado, electricista, con estudios hasta 4° de enseñanz
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