CARGO TRADER SPA/IPT CONCEPCION
Rol
I-39-2021
Fecha
11 de noviembre de 2022
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos infraccionales que las originaron, razón por la cual la reclamante renuncio a la prueba ofrecida y se procedió a dictar la presente sentencia. QUINTO: Que, dado la admisión tácita de los hechos por la reclamante, y no avizorándose en el proceso de fiscalización y consecuencialmente en la aplicación de las multas los errores de hecho aludidos por la actora, estima este sentenciador que las multas cursadas se ajustan a derecho. SEXTO: Que, no obstante lo anterior, corresponde atender a la petición de rebaja de las mismas, toda vez que no se aprecia de los antecedentes que obran en el proceso una intención dolosa de parte de la reclamante de incumplir la normativa laboral que se acusa haber infraccionado por parte del ente fiscalizador. Por estas consideraciones, es que se acogerá la petición subsidiaria de rebaja de las multas cursada a la reclamante por parte de la Inspección del Trabajo de Concepción, en los términos que se indicará en la parte resolutiva del fallo. Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 184, 432, 456, 458, 459, 406, 511 y 512 del Código del Trabajo, se resuelve: 1°) Que, SE TIENE POR DESISTIDA la reclamación de multa interpuesta por don Stefano W.J. Bertolone Egger, en representación de la empresa “CARGO TRADER SPA” en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCIÓN, en lo pertinente a dejarlas sin efecto. 2°) Que, SE ACOGE la petición subsidiaria de rebaja respecto de las multas contenidas en la resolución N°1260/21/14-(1, 2, 3), de fecha 26 de febrero del año 2021, las que quedas rebajadas de la siguiente forma: a).- N°1, 30 Unidades Tributarias Mensuales. b).- N°2, 30 Unidades Tributarias Mensuales. c).- N°2, 30 Unidades Tributarias Mensuales. 3°) Que, no se condena en costas a la reclamante por haber tenido motivo plausible para litigar. Regístrese, notifíquese, dése copia, devuélvanse los documentos y archívese en su oportunidad. RIT I-39-2021 Dictada por ELIECER ALFONSO CAYUL GA
Fallo
Por estas consideraciones, es que se acogerá la petición subsidiaria de rebaja de las multas cursada a la reclamante por parte de la Inspección del Trabajo de Concepción, en los términos que se indicará en la parte resolutiva del fallo. Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 184, 432, 456, 458, 459, 406, 511 y 512 del Código del Trabajo, se resuelve: 1°) Que, SE TIENE POR DESISTIDA la reclamación de multa interpuesta por don Stefano W.J. Bertolone Egger, en representación de la empresa “CARGO TRADER SPA” en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCIÓN, en lo pertinente a dejarlas sin efecto. 2°) Que, SE ACOGE la petición subsidiaria de rebaja respecto de las multas contenidas en la resolución N°1260/21/14-(1, 2, 3), de fecha 26 de febrero del año 2021, las que quedas rebajadas de la siguiente forma: a).- N°1, 30 Unidades Tributarias Mensuales. b).- N°2, 30 Unidades Tributarias Mensuales. c).- N°2, 30 Unidades Tributarias Mensuales. 3°) Que, no se condena en costas a la reclamante por haber tenido motivo plausible para litigar. Regístrese, notifíquese, dése copia, devuélvanse los documentos y archívese en su oportunidad. RIT I-39-2021 Dictada por ELIECER ALFONSO CAYUL GALLEGOS, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción.
Texto Completo (Preview)
Concepción, once de noviembre de dos mil veintidós. VISTO, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en este proceso, RIT I-39-2021 del Ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, Procedimiento de Aplicación General Reclamo de Multa, comparece don Stefano W.J. Bertolone Egger, abogado, con domicilio en calle El Taqueral n°57, comuna de Lampa, Región Metropolitana, en representación co
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