C/ JOSHUA ALEXIS CONAPIAO TORO
Rol
O-752-2025
Fecha
11 de junio de 2025
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 12 de enero de 2025 siendo aproximadamente las 01:25 la victima F.A.V.A conducía su vehículo marca MG, COLOR AZUL, PPU TRVC.87 por calle Lo Prado al llegar a José Manuel Guzman en la comuna de Pudahuel, se le cruza un vehículo negro del cuál descienden cuatro hombres entre los cuales se encontraban los imputados quienes intimidan a la víctima con un arma con apariencia de arma de fuego colocándosela en la cabeza abriendo la puerta del vehículo y sacándolo del interior para luego golpearlo de paradas en la cabeza y cuerpo, para luego los imputados subir al vehículo, huyendo con el vehículo en su poder en el cual mantenía su celular y $20.000 pesos en dinero efectivo, a través GPS se ubica el lugar en que se encontraría el vehículo viendo a los imputados bajándose del vehículo procediendo a su detención, encontrado un arma de aire comprimido con la cual se intimido a la víctima, resultando la víctima con lesiones leves. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia cuyo texto íntegro consta en registro de audio conforme Acta N° 40 de la Excma. Corte Suprema de fecha 14 de marzo de 2014 Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 11 Nº 6 y 9, 14, 15, 18, 29, 68, 70, 436 inciso primero del Código Penal, artículos 1, 2, 3, 4, 7, 8, 11, 45, 47, 259, 279, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, y artículo 1 y 17 bis de la Ley 20603, SE DECLARA: I.- Que se condena a JOSÉ IGNACIO RIQUELME TRONCOSO, C.I. 21647055-9, ya individualizado, como autor de un delito consumado de Robo con intimidación a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales de Código: EYSRXXJWBXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Se sustituye el cumplimiento de
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 11 Nº 6 y 9, 14, 15, 18, 29, 68, 70, 436 inciso primero del Código Penal, artículos 1, 2, 3, 4, 7, 8, 11, 45, 47, 259, 279, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, y artículo 1 y 17 bis de la Ley 20603, SE DECLARA: I.- Que se condena a JOSÉ IGNACIO RIQUELME TRONCOSO, C.I. 21647055-9, ya individualizado, como autor de un delito consumado de Robo con intimidación a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales de Código: EYSRXXJWBXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de Libertad Vigilada Intensiva por igual término al de la pena corporal impuesta, debiendo el sentenciado presentarse en el Centro de Reinserción Social respectivo; así como también cumplir durante el período de control con el Plan de Intervención Individual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales previstas en el artículo 17 de la ley 18.216. III. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 19.970, se ordena que una vez ejecutoriada la sentencia se determine la huella genética del sentenciado, previa toma de muestras biológicas si fuere necesari
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO. FECHA Once de junio de dos mil veinticinco. IMPUTADO JOSÉ IGNACIO RIQUELME TRONCOSO, C.I. 21647055-9 DELITO ROBO CON VIOLENCIA CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS Artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal.- RIT 752-2025 Hechos: El día 12 de enero de 2025 siendo aproximadamente las 01:25 la victima F.A.V.A conducía su vehículo marca MG, COLOR AZUL, PPU TRVC.87
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