Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó

MP C/ JONATHAN ANDRÉS CÁCERES MUÑOZ

Rol

O-3-2025

Fecha

9 de junio de 2025

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Durante el día veintinueve de mayo del presente año, ante la Primera Sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer la acusación dirigida en contra de JONATHAN ANDRÉS CÁCERES MUÑOZ, cédula de identidad N°19.482.967-1, nacido en Santiago, el 6 de octubre de 1996, 28 años, trabajador en construcción, soltero, domiciliado en Villa Don Sebastián, pasaje Monterrey 2769, Curicó. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, domiciliado en Chacabuco N° 329, de la comuna de Curicó, representado por el fiscal Felipe Novoa González. La defensa del acusado Jonathan Andrés Cáceres Muñoz, estuvo a cargo de la Defensora Penal Pública, Yelika Ibarra González, con domicilio registrado en sistema virtual.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación. Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según consta del auto de apertura, es del siguiente tenor: “El día 9 de febrero del año 2024 en horas de la madrugada, el imputado Jonathan Andrés Cáceres Muñoz abordó junto a otros dos sujetos no identificados aún el vehículo marca Hyundai modelo Accent, patente HSYX-86 conducido por la víctima José Humberto Avendaño Novoa quien prestaba servicios de traslado para la plataforma Celutax Curicó requiriendo sus servicios Vía celular desde Villa Don Sebastián de Rauquén Pasaje Monterrey 2769 Curicó, para el sector Plaza Mataquito procedieron luego a intimidarlo, el imputado con un cuchillo en el cuello amenazan con matarlo para que entregara especie y lo golpearon en el rostro provocándole lesiones de carácter leve según dato de atención de urgencia consistente en laceración en labio inferior. Además le sustrajeron su celular marca Redmi 10 color gris y $15.000 en dinero efectivo para darse la fuga y posteriormente el día 10 de Abril del año 2024 en horas de la tarde en cumplimiento de una orden de detención y entrada y registro autorizada por el Tribunal de Garantía de Curicó en esta investigación por personal de la PDI es detenido Jonathan Andrés Cáceres Muñoz en su domicilio ubicado en Pasaje Monterrey 2769 Curicó, es encontrado un cartucho de escopeta marca Truch calibre 12 sin contar con autorización o permiso para tener o poseer dicho cartucho.”(sic) Código: BEKUXWZXPBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Señaló el fiscal, en su acusación, que los hechos descritos son constitutivos de un delito de robo con intimidación y violencia establecido y sancionado en el artículo 436 inciso 1º del Código Penal, que al acusado le cabe participación de autor y el delito se encuentra consumado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7 y 15 del Código Penal. Agrega que la conducta antes señalada, constituye también el delito de tenencia ilegal de municiones, establecido y sancionado en el artículo 2, 9 y demás normas Ley Control de Armas, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7 y 15 del Código Penal Indica que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. En su petitorio, el Ministerio Público, solicita se condene a JONATHAN ANDRÉS CÁCERES MUÑOZ a la pena de DIEZ AÑOS (10) DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MINIMO, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, comiso especies incautadas, se ordene su inclusión en el Registró de ADN Criminal, y al pago de las costas, por el delito de robo con violencia e intimidación y a la pena de TRES AÑOS (03) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, accesorias de inhabilitación absolut

Fallo

se declara la inexistencia de antijuridicidad, como la Corte Suprema lo hizo en el fallo 15.920-2015, el que ha sido ratificado en los mismo términos por la Corte de Apelaciones de Concepción y de Chillán en los Roles que indica. Solicita se absuelva a su representado por todos los delitos por los cuales ha sido acusado. En la audiencia de determinación de la pena, prevista en el artículo 343 del Código Procesal Penal, solicita que habiendo sido condenado su representado y no concurriendo circunstancias modificatorias, el tribunal puede recorrer la extensión del tramo de la pena. En este sentido, la defensa va a pedir el tramo mínimo, en tanto cree que el reproche del cual habla el Ministerio Público en esta audiencia se agota con esa penalidad mínima, en este caso, si bien la víctima resultó con lesiones, estas son de carácter leves no graves, también se habla que no solo fue un sujeto sino que varios, lo que agravaría la lesión, pero sin perjuicio de lo que pudo ser acreditado en juicio, pero no fue concurrente en dicho hecho otro tipo de elementos que pudieren haberse acreditado hoy para efectos de hacer el hecho intimidatorio más allá de lo que fue acreditado en juicio. El DAU es categórico sobre el tenor de las lesiones, la intervención penal tiene que calibrarse, se tiene que valorar la extensión del daño con objetividad, no concurren circunstancias modificatorias, no tiene conductas de la misma especie, por ende, no es reincidente tampoco y cree que la pena debe refle

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CONTRA: JONATHAN ANDRÉS CÁCERES MUÑOZ (AUTOR/ ABSUELTO Y CONDENADO) DELITO: TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES/ ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN R.I.T. N° 03-2025 R.U.C. N° 2400165203-2 Curicó, nueve de junio de dos mil veinticinco. VISTO: Durante el día veintinueve de mayo del presente año, ante la Primera Sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, se llevó a efecto la audiencia de

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