Juzgado de Garantía de La Ligua

MINISTERIO PUBLICO C/ MACARENA ANDREA ÁVALOS VÁSQUEZ

Rol

O-76-2024

Fecha

4 de junio de 2025

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los

Fundamentos

fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Hechos acreditados: En el contexto de una investigación por delitos de la ley 20.000, un funcionario de la Policía de Investigaciones, actuando como agente revelador debidamente autorizado por la Fiscalía La Ligua, se contactó con la imputada MARCARENA ANDREA ÁVALOS VÁSQUEZ, a través de la aplicación geo-social GRINDR a fin de acordar una venta de droga, específicamente, 50 gramos de cannabis sativa, transacción que se concretó el día 11 de enero de 2024, a las 16:00 aproximadamente en la vía pública, en calle María Antonieta Valenzuela con calle Serrano, comuna de La Ligua cuando la imputada ÁVALOS VÁSQUEZ llegó en compañía de los coimputados DAVINSON ALEJANDRO HERNANDEZ ARACENA, DANIEL IGNACIO PÉREZ FIGUEROA y NELSON NICOLÁS TAPIA BEIZA e hizo entrega de 48,6 gramos netos de sumidades floridas de cannabis sativa. Ante esta situación, se realizó un control de identidad investigativo a los tres imputados, hallando en los bolsillos del pantalón del imputado HERNÁNDEZ ARACENA una bolsa plástica transparente tipo hermética contenedora de 0.5 gramos brutos de sumidades floridas de cannabis sativa. Ante la negativa de DAVINSON HERNANDEZ ARACENA de autorizar la entrada y registro a su domicilio es que se autorizó por parte del Juez de Garantía de La Ligua don Nelson Fernández la autorización de entrada y registro inmueble ubicado en pasaje Manuel Hernández N° 468, población Esperanza en la comuna de La Ligua, la que se concretó a eso de las 18:45 horas, allí el imputado HERNANDEZ ARACENA y el imputado DAVINSON OLIVER HERNANDEZ HERNANDEZ, previamente concertados guardaban en diversos sectores de la casa dos bolsas plásticas que contenían 24,7 gramos netos de sumidades floridas de cannabis sativa y al interior de una bolsa de nylon plástica contenedora de 9,8 gramos netos de clorhidrato de cocaína al 40% mezclado con cafeína. Continuando con las diligencias a las 19:50 horas es que la imputada MACARENA ÁVALOS VÁSQUEZ autorizó el ingreso a sus domicilios por parte de los funcionarios policiales ubicado en pasaje Bellavista sitio N° 12, población Rodríguez, comuna de La Ligua, en donde al efectuar el registro del inmueble puntualmente sobre un refrigerador la imputada Código: FQHUXWGZDZG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl hallaron que esta guardaba al interior de un recipiente de plástico 29,2 gramos netos de sumidades floridas de cannabis sativa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1,5, 7, 11 N°6 y 9, 15 N°1 del Código Penal, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 20.000, normas pertinentes de La Ley 18.216,

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que se condena a doña MACARENA ANDREA ÁVALOS VÁSQUEZ cédula de identidad N° 18.794.572-0, con domicilio en pasaje Bellavista N° 12 población Rodríguez, comuna de La Ligua, a sufrir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, en su calidad de autora del delito de Trafico de pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000 en grado de desarrollo consumado, acaecido el día 11 de enero de 2024 en la comuna de La Ligua, territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que se condena a don DANIEL IGNACIO PÉREZ FIGUEROA cédula de identidad N° 20.461.230-7, con domicilio en calle Bomberos Gutiérrez casa # 4 comuna de La Ligua, a sufrir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, en su calidad de autor del delito de Trafico de pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000 en grado de desarrollo consumado, acaecido el día 11 de enero de 2024 en la comuna de La Ligua, territorio jurisdiccional de este Tribunal. III.- Que se condena a don DAVINSON ALEJANDRO HERNÁNDEZ ARACENA, cédula de identidad N° 20.177.937-5, con domicilio en calle Bomberos Gutiérrez casa # 03 comuna de

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SENTENCIA, PROCEDIMIENTO ABREVIADO. La Ligua, cuatro de junio de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Hechos acreditados: En el contexto de una investigación por delitos de la ley 20.000, un funcionario de la Policía de Inv

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