Juzgado de Letras y Garantía de los Muermos

NICOLAS ALEJANDRO MANCILLA ALMONACID C/ LUIS ABEL VALLEJOS IGOR

Rol

O-102-2025

Fecha

29 de mayo de 2025

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El 13 de enero de 2025, alrededor de las 00:00 horas, en la ruta V-460, comuna de Los Muermos el imputado LUIS ABEL VALLEJOS IGOR condujo en estado de Código: RFJMXWEXTXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir la camioneta Toyota Hilux roja, placa patente única BG.9317 y al llegar a la altura del Km. 5.4, producto de su ingesta alcohólica perdió el control del vehículo y lo volcó a un costado de la ruta, siendo auxiliado por Bomberos y personal paramédico y trasladado hasta el Cesfam de Los Muermos, lugar donde fue fiscalizado por Carabineros quienes verificaron su ebriedad por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar. Además, porque se sometió a la prueba respiratoria alcohotest que arrojó 1.88 g/L de la alcohol en la sangre, mientras que el examen de sangre de alcoholemia determinó la presencia de 2.26 gramos de alcohol por litro de sangre. Delito :conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, art. 196 inciso 1° en relación con los artículos 110 y 209 inciso 2° de la ley n° 18.290 Grado de desarrollo y participación: consumado/autor.

Fundamentos

Fundamentos: 1. Parte de detenido N°14 de fecha 13 de enero del 2025 de la Subcomisaria de Los Muermos. 2. Declaración voluntaria del funcionario aprensor Patricio Muñoz Alvarado de fecha 13 de enero del 2025 3. Acta de alcoholemia voluntaria suscrita por el imputado con fecha 13 de enero del año 2025, 4. Una fotografía del resultado de la prueba respiratoria, el alcotest practicada 5. El dato de su urgencia de 50464379 fecha 13 de enero del 2025 emitido por el Cesfam de Los Muermos. 6. Una boleta de alcoholemia asociada al frasco 661 de fecha 13 de enero del año 2025, suscrito fue el médico de turno, igualmente con la firma dey huella del acusado. 7. Un diagrama de youtube los daños que se hacían en el vehículo que conducía y un croquis 8. Una fotografía ilustrativa de la camioneta, justamente ubicada sobre la acequia o cuneta del costado de la ruta y con su parte frontal apoyada sobre un talud Código: RFJMXWEXTXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 9. Un informe de alcoholemia emitido por el servicio médico legal de Puerto Montt, el número 27 del año 2025. 10. La hoja de vida del conductor del imputado. 11. Certificado de filiación y antecedentes del imputado. DICTA SENTENCIA: La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Los Muermos, veintinueve de mayo dos mil veinticinco. Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 4, 47, 297, 340, 341 y siguientes, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 7, 11N°9 y 15 del Código Penal; artículos 110, 196 y 209 de la ley N° 18.290 de Tránsito; y la Ley N°18.216,

Fallo

se resuelve: I.- Que se condena a don LUIS ABEL VALLEJOS IGOR, ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio; multa de 01 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES; CANCELACIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR; y accesoria legal de suspensión para cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, por la responsabilidad que le cabe como autor de un delito consumado de manejo en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, perpetrado en Los Muermos el día 13 de enero de 2025. II.- Que se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la: - REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo el sentenciado quedar sujeto al control y observancia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Puerto Montt por el plazo de 01 AÑO, debiendo cumplir los restantes requisitos del artículo 5° de la ley N° 18.216. El sentenciado deberá presentarse a dicho centro en fecha que le fijará el Tribunal, bajo apercibimiento de despacharse una orden de detención en su contra. Si esta pena sustitutiva fuere revocada, el sentenciado deberá cumplir íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o, en su caso, se la remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones impuestas. Se hace presente que no hay abonos que considerar con ocasión de esta causa. III.- Que, para el pago de la multa impuesta, se le concede al sentenciado la posibilidad de hacerlo en 3 parcialidades mensuales, ig

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de formal. de la investigación.. Fecha Los Muermos., veintinueve de mayo de dos mil veinticinco Magistrado DANIEL AUGUSTO DIAZ CARDENAS Fiscal ALEJANDRO GOMEZ Defensor PABLO CÉSAR CASTRO RUZ Hora inicio 09:22AM Hora termino 09:45AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de los Muermos Acta SPR RUC 2500100105-4 RIT 102 - 2025 Actuaciones efectuadas NOMBRE

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