3º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

FERNANDO ANDRES MUÑOZ MIERES C/ JAIME ALFREDO SOLORZA PONCE

Rol

O-72-2025

Fecha

6 de junio de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que, ante este Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, se llevó a cabo la audiencia de juicio oral RIT 72-2025, RUC Nº 2200493757-4 seguida en contra de JAIME ALFREDO SOLORZA PONCE, chileno, cédula de identidad No 16.387.332-K, nacido el 17 de julio 1984, 40 años, administrador, domiciliado en paseo La Ermita de San Antonio N° 13450, Lo Barnechea. EL Ministerio Público fue representado por la fiscal Valeria Gómez Hoffer, en tanto la defensa fue asumida por la defensora penal pública María Luisa Avilés Aguayo, ambas con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. Primero: La acusación fue del siguiente tenor: Hechos: El día 20 de Mayo 2022, a las 21:30 horas aproximadamente, el acusado JAIME ALFREDO SOLORZA PONCE conducía bajo la influencia de sustancias psicotrópicas y sin haber obtenido licencia de conducir, el vehículo marca Chevrolet, modelo Corsa, color gris, placa patente única WD-3695, al llegar a la intersección de avenida La Dehesa esquina Autopista Costanera Norte, Lo Barnechea, carabineros que efectuaban controles vehiculares, procedieron a fiscalizarlo, percatándose que el imputado se encontraba bajo la influencia de sustancias psicotrópicas y conducía el vehículo sin haber obtenido licencia de conducir, realizando una prueba Narco test la cual arrojo un resultado positivo al consumo de THC-25, correspondiente a marihuana, lo cual fue confirmado mediante el Informe Toxicológico N° SES-284-285/22, el cual arrojó un resultado de Positivo a Metabolito de Marihuana. La prueba narcotest también dio positivo para COC (Cocaína). A juicio de la Fiscalía, los hechos serían constitutivos de los delitos de conducción bajo la influencia de sustancias estupefacientes y psicotrópicas sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en artículo 196, en relación artículo 110, 209 y siguientes de la ley 18290. El delito, a juicio de la Fiscalía, se encuentra en grado de ejecución de consumado y le atribuye al acusado una participación de autor, conforme al artículo 15 N°1 del Código Penal. La fiscalía estima favorecer la circunstancia atenuante prevista en el artículo 11 N° 6 del Código Penal. Código: DRERXWYXBZG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Ministerio Público requiere se imponga al acusado JAIME ALFREDO SOLORZA PONCE, por el delito de Manejo bajo los efectos de sustancias psicotrópicas sin haber obtenido licencia de conducir, la pena de 800 días de presidio menor en su grado medio, multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales, suspensión de licencia de conducir por 2 años, accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, más el comiso de las especies incautadas, todo ello con costas. Segundo: En el alegato de apertura el Ministerio Público señaló que procurará probar los hechos de la acusación, que describió en términos generales,

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se absuelve al acusado Jaime Alfredo Solorza Ponce, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra como autor del delito de conducción bajo la influencia de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 110, en relación con 196 de la Ley 18.290, que se sostuvo habría acontecido el 20 de mayo de 2022, en la comuna de Lo Barnechea, de esta ciudad. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivo plausible para litigar. Una vez ejecutoriada remítase al Juzgado de Garantía que corresponda para los fines que fueren procedentes. Archívese en su oportunidad. Redactó el magistrado Carlos Escobar Salazar. R.U.C. N°2200493757-4 Código: DRERXWYXBZG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl R.I.T. N° 72-2025 Sentencia dictada por una sala del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados Catalina Correa Peralta, que presidio la audiencia, Andrea Iligaray Llanos y Carlos Escobar Salazar, la primera suplente de este tribunal, en tanto los otros dos son titulares. Código: DRERXWYXBZG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-06T13:40:50-0400 2025-06-06T15:15:50-0400 2025-06-06T13:21:20-0400

Texto Completo (Preview)

Santiago, seis de junio de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: Que, ante este Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, se llevó a cabo la audiencia de juicio oral RIT 72-2025, RUC Nº 2200493757-4 seguida en contra de JAIME ALFREDO SOLORZA PONCE, chileno, cédula de identidad No 16.387.332-K, nacido el 17 de julio 1984, 40 años, administrador, domiciliado en paseo La Ermita de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica