Juzgado de Garantía de Coquimbo

MP COQBO.- C/ ANGEL GABRIEL TOLEDO RIVERO

Rol

O-5877-2024

Fecha

5 de junio de 2025

Materia

OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El 04 de octubre de 2024, a las 5:30 horas aproximadamente, en el sector de la ruta 5 norte con avenida Los Copihues, Coquimbo, los acusados Ángel Gabriel Toledo Rivero y Johan Humberto Calderón Durán circulaban y mantenían en su poder, conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito, el vehículo Marca Toyota, placa patente PKKK.84. Además, el acusado Ángel Toledo Rivero conducía el automóvil a sabiendas que las placas patentes GGLS.19 que utilizaba en esos momentos el automóvil corresponden a otro vehículo. El automóvil había sido sustraído el 27 de septiembre de 2024, a la víctima Priscilla Alcantara del Río. Estos hechos constituyen respecto de ambos acusados un delito consumado de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal; y respecto del acusado Ángel Gabriel Toledo Rivero configuran el delito consumado establecido en la letra e del artículo 192 de la ley de tránsito, delito en el cual le cabe participación en calidad de autor”. B.- SENTENCIA: Coquimbo, cinco de junio de dos mil veinticinco Se deja constancia expresa que los

Fundamentos

fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo.

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6 y 9, 15, 18, 21, 29, 30, 49, 50, 70, 456 bis A del Código Penal; artículo 192 letra e) de la Ley N° 18.290; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 4,5 38 y normas pertinentes de la Ley N° 18.216, SE RESUELVE: VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA, a ANGEL GABRIEL TOLEDO RIVERO, cédula de identidad N° 0016654226-K, a la pena de DOSCIENTOS SETENTA (270) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, ACCESORIA LEGAL DE SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO POR EL TIEMPO DE LA CONDENA, la que le queda impuesta por su autoría en el delito consumado de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en del artículo 456 bis A inciso 3º del Código Penal; cometido el día 04 de octubre de 2024, en la comuna de Coquimbo. Código: FHEDXWPBVKE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que SE CONDENA, a ANGEL GABRIEL TOLEDO RIVERO, ya individualizado, a la pena de DOSCIENTOS SETENTA (270) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, ACCESORIA LEGAL DE SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO POR EL TIEMPO DE LA CONDENA, la que le queda impuesta por su autoría en el delito consumado conducción de vehículo motorizado con placa patente que corresponde a otro vehículo, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley N° 18.290; cometido el día 04 de octubre de 2024, en la

Texto Completo (Preview)

A.- HECHOS: “El 04 de octubre de 2024, a las 5:30 horas aproximadamente, en el sector de la ruta 5 norte con avenida Los Copihues, Coquimbo, los acusados Ángel Gabriel Toledo Rivero y Johan Humberto Calderón Durán circulaban y mantenían en su poder, conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito, el vehículo Marca Toyota, placa patente PKKK.84. Además, el acusado Ángel Toledo Rivero

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