MP FISCALIA LOCAL C/ LUCRECIA TERESA PANTICHI PANTICHI
Rol
O-347-2024
Fecha
5 de junio de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1, ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: Hecho 1: El día 09 de noviembre del año 2023, alrededor de las 19:30 horas, Carmen Quintana Arias, se encontraba en su silla de ruedas a las afueras del domicilio ubicado en Avenida Rio Viejo N°879, comuna de Chillán momento en que se le acerca Lucrecia Pantichi, quien le preguntó por una persona indicándole que no la conocía, momento en aprovecha para empujar la silla de ruedas y encerrar a la víctima en su pieza, procediendo a sustraer desde sus manos, una anillo de ilusión y la argolla de oro que portaba, y en ese momento trata de huir en su silla hacia la puerta, siendo golpeada en la parte de atrás de su cabeza, momento que la imputada le extrae un monedero que mantenía en su silla, asimismo le sustrae un teléfono celular marca Samsung, modelo LA2, color negro, carcasa lila, de Entel, para luego huir cruzando al frente donde estaba en el auto Toyota PPU WE-1626 esperándola Brandon Díaz Nicolich, ella sube y huyen hacia el oriente. A consecuencia de la agresión la víctima resultó con lesiones de traumatismo craneal leve, esto debido al golpe que recibió de la imputada, quien sacó un tipo revólver o pistola desde una cartera que mantenía en la parte anterior de su ropa. Los hechos descritos constituyen el delito de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal. A los imputados les corresponde participación en calidad de autores y el grado de ejecución es de consumado. Hecho 2: El día 10 de noviembre del año 2023, alrededor de las 21.10 horas, Francisco Espinoza Cartes, quien al salir de su trabajo ubicado en el kilómetro 7 camino a Pinto, comuna de Chillán, se trasladaba en bicicleta en dirección a Chillán, y al avanzar por la carretera unos 100 metros por el costado norte, cruzando el sector Boyen, escuchó la bocina del automóvil Toyota Yaris PPU WE-1626, por lo que se baja de la bicicleta y se dirige al v
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que durante los días 22, 23, y 26 de mayo de dos mil veinticinco, ante esta Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, integrada por los jueces titulares Raúl Romero Sáez, quien la presidió, María Paz González González, como integrante y Claudia Montero Céspedes, como redactora, se llevó a efecto el juicio oral para conocer de la acusación dirigida en contra de LUCRECIA TERESA PANTICHI PANTICHI, cédula nacional de identidad N°20.009.429-8, de 27 años, soltera, dueña de casa, domiciliada en Pasaje 7 Poniente N° 6958 Población Patricio Lynch, Talcahuano.; quien se encuentra privada de libertad en el Centro Penitenciario Femenino de Bulnes; y BRANDON GOYO DÍAZ NICOLICH, cédula nacional de identidad N°20.273.974-1, comerciante, domiciliado en sector Población Alto del Río, San Javier; quien se encuentra privado de libertad en el Centro Penitenciario Bío Bío. La acusada LUCRECIA TERESA PANTICHI PANTICHI estuvo representada por el defensor particular, abogado Andrés Méndez Ortega, con domicilio en O “Higgins N°680, oficina 501, Concepción, y el acusado BRANDON GOYO DÍAZ NICOLICH, por el defensor particular, abogado Rodrigo Vivanco Corvalán, domiciliado en calle Amunategui N°277, oficina 600 y 601, Santiago. Código: UBXQXWJKCPD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal Álvaro Serrano Romo, domiciliado en Avenida O “Higgins N°180, Chillán. SEGUNDO: Acusación. Que, los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: Hecho 1: El día 09 de noviembre del año 2023, alrededor de las 19:30 horas, Carmen Quintana Arias, se encontraba en su silla de ruedas a las afueras del domicilio ubicado en Avenida Rio Viejo N°879, comuna de Chillán momento en que se le acerca Lucrecia Pantichi, quien le preguntó por una persona indicándole que no la conocía, momento en aprovecha para empujar la silla de ruedas y encerrar a la víctima en su pieza, procediendo a sustraer desde sus manos, una anillo de ilusión y la argolla de oro que portaba, y en ese momento trata de huir en su silla hacia la puerta, siendo golpeada en la parte de atrás de su cabeza, momento que la imputada le extrae un monedero que mantenía en su silla, asimismo le sustrae un teléfono celular marca Samsung, modelo LA2, color negro, carcasa lila, de Entel, para luego huir cruzando al frente donde estaba en el auto Toyota PPU WE-1626 esperándola Brandon Díaz Nicolich, ella sube y huyen hacia el oriente. A consecuencia de la agresión la víctima resultó con lesiones de traumatismo craneal leve, esto debido al golpe que recibió de la imputada, quien sacó un tipo revólver o pistola desde una cartera que mantenía en la parte anterior de su ropa. Los hechos descritos constituyen el delito de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código
Fallo
se acuerda si pasaron por Los Ángeles. Un hecho fue en Victoria, pararon porque la persona estaba haciendo dedo y como andaban robando pararon y les dijo donde tenían que llevarlo, ahí sacaron la pistola lo amenazaron para que entregara todo lo que tuviera, les dijo que no tenía plata, si en la cuenta RUT que estaba en su casa, hablaron y se fueron hasta esa casa donde había harta gente, se bajó con un cuchillo Brandon con la pistola y sacaron teléfonos, unas mochilas y cuando salieron había mucha gente afuera les rompieron el auto en la parte de atrás le parece, una ventana, y arrancaron. Andaban en un auto Toyota Yaris, color oscuro. Con Brandon se casó, estuvieron separados y después se juntaron de nuevo. Ese día no andaba de gitana, usaba pantalón, su pelo era largo. Se exhibe Otros medios de prueba, fotografías, en que la acusada indica lo siguiente: 1.- es una imagen de ella con el pelo largo. 2.- Brandon y ella con el pelo largo. Se recuerda de una señora en silla de ruedas, se bajó del auto fue a la casa tocó a la puerta le preguntó por una persona, que no estaba y le dijo que le iba a ver la suerte, la señora la hizo entrar y le vio la suerte, la señora le dijo Código: UBXQXWJKCPD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 17 que no tenía para pagar y por eso le pidió el anillo de compromiso, la señora dijo que no podía así que se la quitó, andaba con la pistola de balines en la cartera la que sacó, la seño
Texto Completo (Preview)
1 C/ LUCRECIA TERESA PANTICHI PANTICHI BRANDON GOYO DÍAZ NICOLICH ROBO CON INTIMIDACIÓN ARTÍCULO 436 DEL CÓDIGO PENAL ROBO CON VIOLENCIA ARTÍCULO 436 INCISO 1° DEL CÓDIGO PENAL RUC 2301236020-7 RIT 347 - 2024 CÓDIGO DELITO: 802-803/ Chillán, cinco de junio de dos mil veinticinco. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que durante los días 22, 23, y 26 de mayo de dos mil veinticinco, ante esta Prime
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica