BANCO SANTANDER - CHILE/COLIPÁN
Rol
C-3767-2020
Fecha
16 de noviembre de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 12 de agosto de 2020 comparece don Bernardo Inzunza Recabarren, Abogado, con domicilio en la comuna de Temuco, Avenida San Martín Nº 745, oficina Nº801, Edificio Uno, mandatario judicial, en representación convencional del BANCO SANTANDER-CHILE, empresa bancaria del giro de su denominación, representada por su Gerente General don Miguel Mata Huerta, ingeniero, ambos domiciliados en calle Bandera Nº140, piso 17, comuna de Santiago, interpone demanda ejecutiva en contra de don IGOR ALFREDO COLIPAN RACHEL, desconoce profesión u oficio, domiciliado en Pitrufquén, calle Eusebio Lillo Nª831, por las razones de hecho y de derecho que en su libelo expone. Con fecha 22 de septiembre de 2020, consta la notificación personal al ejecutado. Con fecha 26 de septiembre de 2020, el ejecutado opone excepciones. Con fecha 01 de octubre de 2020, el ejecutante evacúa el traslado conferido de las excepciones. Con fecha 02 de octubre de 2020, se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba, resolución que es notificada a las partes con fechas 22 y 15 de diciembre de 2020. Con fecha 08 de octubre de 2021, se ordena la reanudación del término probatorio, resolución que es notificada con fechas 13 y 14 de octubre de 2021. Con fecha 05 de noviembre de 2021, se cita a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: RIMERO: Que, Con fecha 12 de agosto de 2020 don Bernardo Inzunza Recabarren, Abogado, con domicilio en la comuna de Temuco, Avenida San Martín Nº 745, oficina Nº801, Edificio Uno, mandatario judicial, en representación convencional del BANCO SANTANDER-CHILE, empresa bancaria del giro de su denominación, representada por su Gerente General don Miguel Mata Huerta, ingeniero, ambos domiciliados en calle Bandera Nº140, piso 17, comuna de Santiago, interpone demanda ejecutiva en contra de IGOR ALFREDO COLIPAN RACHEL, desconoce profesión u oficio, domiciliado en Pitrufquén, calle Eusebio Lillo Nª831, señalando: Pagaré Corfo Inversión y Capital de Trabajo Nº420018404353, suscrito por el ejecutado, ya individualizado, a la orden del Banco Santander - Chile, con fecha 13 de Abril de 2018, por la suma de $135.000.000.- por concepto de capital. El capital adeudado se pagará conjuntamente con los intereses correspondientes en 47 cuotas mensuales, sucesivas e iguales de $3.260.116.- cada una con vencimiento los días 01 de cada mes, a contar del 01 de Junio del año 2018 y hasta el 01 de Abril del año 2022, y una última de $3.260.143 con vencimiento el 02 de Mayo de 2020. El deudor declaró que el crédito que da cuenta el pagaré está afecto a la garantía del “Fondo C-3767-2020 Foja: 1 de Garantía para Inversión” y a las normas que regulan dicho Fondo, las cuales conoce y acepta. Además se obligó a destinar las sumas que da cuenta este pagaré a: compra de cartera interna más capital del trabajo. Se estipuló en el pagaré que la suma prestada devengaría un interés del 0,6% mensual vencido, calculado en base a meses de 30 días y por el número de días efectivamente transcurrido, sin perjuicio del interés en caso de mora, simple retardo o prórroga o renovación. Además, el deudor se obligó a pagar una comisión anticipada equivalente al 0,5% por año o fracción de año sobre el saldo del capital garantizado al inicio de cada año, que el Banco debía recaudar para el Fondo, y que caucionaría el crédito documentado en el pagaré con una tasa del 70% sobre el saldo de capital adeudado. Por último, se estipuló que el Banco podría hacer exigible el pago total de la suma de la deuda o del saldo a que ésta se halle reducida, considerando la obligación como de plazo vencido, en caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas en que se dividía la obligación, sea de capital y/o intereses, consecutivas o no, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor. Para todos los efectos legales de este pagaré, los suscriptores constituyeron domicilio especial en la comuna de Temuco, sin perjuicio del que corresponda al de su domicilio o residencia, a elección del acreedor y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia. Por anexo Nº420019641570 del Pagaré individualizado anteriormente, suscrito el día 13 de Abril de 2018, de conformidad al artículo 16 de la Ley 18.092, en relación con el artículo 107 del mismo cuerpo legal, se alt
Fallo
se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba, resolución que es notificada a las partes con fechas 22 y 15 de diciembre de 2020. Con fecha 08 de octubre de 2021, se ordena la reanudación del término probatorio, resolución que es notificada con fechas 13 y 14 de octubre de 2021. Con fecha 05 de noviembre de 2021, se cita a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: RIMERO: Que, Con fecha 12 de agosto de 2020 don Bernardo Inzunza Recabarren, Abogado, con domicilio en la comuna de Temuco, Avenida San Martín Nº 745, oficina Nº801, Edificio Uno, mandatario judicial, en representación convencional del BANCO SANTANDER-CHILE, empresa bancaria del giro de su denominación, representada por su Gerente General don Miguel Mata Huerta, ingeniero, ambos domiciliados en calle Bandera Nº140, piso 17, comuna de Santiago, interpone demanda ejecutiva en contra de IGOR ALFREDO COLIPAN RACHEL, desconoce profesión u oficio, domiciliado en Pitrufquén, calle Eusebio Lillo Nª831, señalando: Pagaré Corfo Inversión y Capital de Trabajo Nº420018404353, suscrito por el ejecutado, ya individualizado, a la orden del Banco Santander - Chile, con fecha 13 de Abril de 2018, por la suma de $135.000.000.- por concepto de capital. El capital adeudado se pagará conjuntamente con los intereses correspondientes en 47 cuotas mensuales, sucesivas e iguales de $3.260.116.- cada una con vencimiento los días 01 de cada mes, a contar del 01 de Junio del año 2018 y hasta el 01
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C-3767-2020 Foja: 1 FOJA: 37 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-3767-2020 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE/COLIP NÁ Temuco, diecis is de Noviembre de dos mil veintiunoé VISTOS: Con fecha 12 de agosto de 2020 comparece don Bernardo Inzunza Recabarren, Abogado, con domicilio en la comuna de Temuco, Avenida San Martín Nº 745, oficina Nº801, Ed
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