4º Juzgado Civil de San Miguel

PRADENAS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA

Rol

C-3625-2021

Fecha

16 de noviembre de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece don LUIS PRADENAS MART NEZÍ , C.I. 4.787.260- K, trabajador, domiciliado en Pedro Aguirre Cerda N°0256, torre E, departamento N°120, comuna de La Cisterna, Regi n Metropolitana, quien viene en demandar aó la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, persona jur dica de derecho p blico delí ú giro de su denominaci n, R.U.T. 69.072.000-0, representada legalmente por suó alcalde don Joel Andr s Olmos Espinoza, ingeniero civil industrial, ambosé domiciliados en Pedro Aguirre Cerda N°0161, comuna de La Cisterna, regi nó Metropolitana, a fin de que se declare la prescripci n extintiva de la acci n deó ó cobro de los derechos de aseo, correspondientes al per odo que va desde el 7 deí Mayo de 2010 hasta el 30 de Septiembre de 2016. Antecedentes de hecho: Indica que la Direcci n de Administraci n y Finanzas de la Ilustreó ó Municipalidad de La Cisterna le ha emitido un informe de deuda de Derechos de Aseo del inmueble que habita, ubicado en Pedro Aguirre Cerda N°0256, torre E, departamento N°120, comuna de la Cisterna, Regi n Metropolitana, que incluyeó 27 cuotas de vencimiento 30 de cada mes, por los meses de mayo, junio, septiembre y diciembre de 2010, abril, junio, septiembre y noviembre de 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, y abril, junio y septiembre de 2016, respectivamente, m sá reajustes e intereses, por un total de $1.430.187. Citando los art culos 2.492, 2.493 y 2.497 del C digo Civil, agrega que laí ó presente acci n ser a procedente, toda vez que busca obtener que el tribunaló í declare la concurrencia del instituto jur dico de la prescripci n respecto de losí ó derechos de aseo municipales ya individualizados, por no haberse ejercido tales acciones de forma oportuna por la Municipalidad. En base a los art culos 2.514, 2.515 y 2.518 del mismo cuerpo legal,í argumenta que es posible se alar que cada uno de los derechos de aseo municipalñ individualizados se ha tornado exigible desde la fecha de su respectivo vencimiento, C-3625-2021 Foja: 1

Fundamentos

CONSIDERANDO: C-3625-2021 Foja: 1 PRIMERO: Que don LUIS PRADENAS MART NEZ, interpone demanda deÍ prescripci n de derechos de aseo domiciliario contra la I. Municipalidad de laó Cisterna, quien funda su demanda en las razones que se se alan en la expositiva deñ esta sentencia, las que se dan por reproducidas en esta secci n del

Fallo

Por tanto, solicita se sirva tener por presentada, en procedimiento ordinario de menor cuant a, demanda de prescripci n ordinaria de la acci n de cobro deí ó ó derechos de aseo municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna representada por su alcalde don Joel Olmos Espinoza, ya individualizado, por las acciones de cobro derivadas de los derechos de aseo municipal correspondientes al periodo que va desde el 7 de mayo de 2010 hasta el 30 de septiembre de 2016, que asciende a la suma de $1.430.187.- y en definitiva declarar prescrita la acci nó de cobro de derechos de aseo municipal, con expresa condena en costas para el caso de oposici n.ó A folio 4, se dio curso a la demanda. A folio 5, comparece la demandada, notific ndose expresamente de laá demanda. Acto seguido, contesta la demanda, allan ndose a la solicitud deá prescripci n extintiva por concepto de derechos de aseo municipal que afectan aló inmueble ubicado en Pedro Aguirre Cerda N° 0256, torre E, departamento N°120, comuna de La Cisterna correspondientes a las deudas anteriores y hasta el vencimiento del 30 de septiembre de 2016 inclusive, por un monto total de $1.430.187, argumentando previas citas legales que el tiempo de prescripci n es deó cinco a os para las acciones ordinarias y que, en concordancia con la definici n delñ ó Decreto Ley 3.063, los derechos de aseo ser an tasas, por lo que su pago esí voluntario, ya que paga solo aquel que solicita el servicio u obtiene un permiso o concesi n o un

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C-3625-2021 Foja: 1 FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-3625-2021 CARATULADO : PRADENAS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA En San Miguel, a diecis is de Noviembre de dos mil veintiuno.é VISTOS: A folio 1, comparece don LUIS PRADENAS MART NEZÍ , C.I. 4.787.260- K, trabajador, domiciliado en Pedro Aguirre Cerda N°0256, torre E, depar

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