Juzgado de Letras y Gar.de Pichilemu

MULTUM AURUS 1 SPA/

Rol

V-13-2021

Fecha

16 de noviembre de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO. Que con fecha 03 de abril de 2021, se dio curso a la solicitud compareciendo don Juan Carlos Barrera Pacheco, chileno, divorciado, ingeniero civil de industrias, cédula de identidad N° 10.528.182-K, domiciliado en calle Los Carpinteros N° 10.230, departamento 22, comuna de Las Condes, Santiago, en representación, de MULTUM AURUS 1 SpA, empresa chilena del giro de desarrollo de actividades mineras, rol único tributario N° 77.252.941-4, con domicilio en calle Glamis N° 3.296, piso menos 1, comuna de Las Condes, Santiago, quienes solicitan constituir concesión minera de exploración de sustancias mineras concesibles en terrenos abiertos e incultos, de la Sexta Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, provincia de Cardenal Caro, comuna de Pichilemu, que se denominará “MULTUM AURUS 11”, donde, Juan Carlos Barrera Pacheco, desea realizar trabajos de investigación minera. Indica que el Punto medio (“P.M.”), está ubicado en la provincia de Cardenal Caro y tiene las siguientes coordenadas U.T.M., referidas al referidas al Datum Provisorio Sudamericano La Canoa de 1956, Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Huso 18, son: Norte: 6.180.960,00 metros; y Este: 773.755,00 metros. El área que se pide queda comprendida dentro de un cuadrado cuyos lados tendrán 1.000 metros con orientación Norte-Sur U.T.M, por 1.000 metros con orientación Este- Oeste U.T.M., cubriendo una superficie total de 100 hectáreas. Es por ello que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 46 del Código de Minería, 14 inciso segundo, 16 y 17 de su Reglamento, requiere tener por presentado pedimento minero, ordenado inscribir y publicar, autorizando la obtención de copias de esta presentación, de la certificación y de sus proveídos, declararla por solicitada y otorgar, en favor de Juan Carlos Barrera Pacheco, la concesión minera de exploración “MULTUM AURUS 11”. SEGUNDO. Que el pedimento fue publicado en el Boletín Oficial de Minería de Santiago N°42.947 con fecha 06 de mayo de 2021, en el que se publicó copia de la inscripción del Pedimento “MULTUM AURUS 11” e inscrito a fojas 11 vuelta N° 8 del año 2021, de fecha 29 de abril de 2021, en el Registro de Descubrimiento Conservador de Minas de Pichilemu, como consta de los documentos acompañados a folio N° 4. TERCERO. Que con fecha 20 de agosto dos mil veintiuno el Servicio Nacional de Geología y Minería mediante informe rolante a folio 10 deja constancia que la solicitud y plano del mencionado pedimento, se encuentra conforme con las disposiciones legales vigentes; CUARTO. Que la concesión “MULTUM AURUS 11” abarca el total del terreno pedido, vale decir cubrirá una superficie de cien hectáreas encerradas en un cuadrado de 1.000 metros en el sentido Norte-Sur U.T.M., por 1.000 metros en el sentido Este-Oeste U.T.M. El Punto medio (“P.M.”), se encuentra a una distancia U.T.M. de 707,107 metros, con un azimut U.T.M. centesimal de 150,0000 grados medidos desde el Vértice V1 está ubicado en la pr

Fallo

se resuelve: I. Declárase constituida la concesión de exploración y otórguese a favor de JUAN CARLOS BRRERA PACHECO la Concesión de Exploración denominada “MULTUM AURUS 11”. II. La superficie es de cien hectáreas encerradas en un cuadrado de 1.000 metros en el sentido Norte-Sur U.T.M., por 1.000 metros en el sentido Este-Oeste U.T.M. El Punto medio (“P.M.”), está ubicado en la provincia de Cardenal Caro y tiene las siguientes coordenadas U.T.M., referidas al Elipsoide Internacional de Referencia de 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa de 1956, Huso 18: VERTICE Norte Este Punto Medio (P.M.) 6.180.960,00 metros 773.755,00 metros V1 6.181.460,00 metros 773.255,00 metros V2 6.181.460,00 metros 774.255,00 metros V3 6.180.460,00 metros 774.255,00 metros V4 6.180.460,00 metros 773.255,00 metros El Punto Medio (PM) señalado en el pedimento se encuentra a una distancia U.T.M de 707,107 metros, con azimut U.T.M de 150,0000 grados medidos desde el Vértice V1. III. Apruébese el plano “MULTUM AURUS 11”, acompañado, debiendo remitirse al Servicio Nacional de Geología y Minería de Chile el original del mismo. IV. Publíquese en el Boletín Oficial de Minería de Santiago un extracto de la presente sentencia, que deberá contener las menciones que señala el artículo 90 del Código de Minería. La publicación tendrá que hacerse el primer día hábil de cualquier mes. V. Inscríbase íntegramente esta sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pichilemu, inscripc

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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : Juzgado de Letras de Pichilemu. CAUSA ROL : V-13-2021. CARATULADO : MULTUM AURUS 1 SPA. Pichilemu, dieciséis de Noviembre de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Que con fecha 03 de abril de 2021, se dio curso a la solicitud compareciendo don Juan Carlos Barrera Pacheco, chileno, divorciado, ingeniero civil de industrias, cédula de iden

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