M.P. C/ AMAN ALEXANDER VERGARA RIVAS
Rol
O-868-2024
Fecha
3 de junio de 2025
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y los antecedentes de la acusación, habiendo ahorrado un juicio al Estado y además por haber sido representado por la defensoría penal. V. Oficiese en su oportunidad el servicio de Registro Civil e identificación a objeto de que se omitan su certificado de antecedentes o extracto de filiación, la anotación de origen la presnete sentencia, una vez que se encuentre firme ejecutoria conforme establece el artículo 38 de la ley 18.216. Código: GVPTXVWYXMW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se dejan sin efecto las medidas cautelares decretadas con fecha 13 de septiembre de 2024. Regístrese. Intervinientes que eran personalmente notificados en este acto de lo resuelto Ministerio público y Defensoría penal pública, renuncia a plazos y recursos. RUC N° 2401096482-9 RIT N° 868 - 2024 Dictada por GONZALO ANDRES MUÑOZ MUÑOZJuez Suplente. Código: GVPTXVWYXMW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-03T18:03:59-0400
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a don AMAN ALEXANDER VERGARA RIVAS, rut 0019826938-7 ya individualizado, como autor del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO cometido en esta ciudad el día 12 de septiembre de 2024, a la pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la multa de un tercio de unidad tributaria mensual, accesorias legales de suspensión de cargos oficio público durante el tiempo de la condena. II. Qué respecto de la pena de multa ésta se tendrá por cumplida conforme a los argumentos ya expresados. III. Por los mismos argumentos ya expresados precedentemente, se sustituirá el cumplimiento de la pena impuesta por la remisión condicional, quedando sujeto el condenado de autos al control administrativo del centro de reinserción social respectivo, esto por el lapso de 541 DÍAS, debiendo cumplir además durante dicho periodo con las condiciones establecidas en el artículo quinto de la ley 18.216, fijando desde ya fecha de presentación ante el CRS para el día de 23 junio de 2025, en horario de 8 a 13 horas. Todo esto bajo apercibimiento de despacharse, orden de detención en su contra, en caso de no presentación al día y hora ya referido. IV. Se exime al imputado de autos del pago de las costas de la causa por haber aceptación los hechos y los antecedentes de la acusación, habiendo ahorrado un juicio al Estado y además por haber sido representado por la defensoría penal. V. Oficiese en su oportunidad el servicio de Registro Civil e identificación a objet
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DELITO : RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO JUZGADO : JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE LOTA RIT : 868 - 2024 RUC : 2401096482-9 IMPUTADO : AMAN ALEXANDER VERGARA RIVAS JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE LOTA. C/ AMAN ALEXANDER VERGARA RIVAS Lota, tres de junio de dos mil veinticinco Por las consideraciones consignadas en el registro de audio de la presente audiencia y visto, además, lo dispuesto en lo
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