MINISTERIO PÚBLICO C/ JESÚS MOISÉS HAMZI CHEUQUEPÁN
Rol
O-475-2025
Fecha
3 de junio de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OÍDOS: La parte expositiva y considerativa de la sentencia constan en el registro de audio RUC 2500472990-3-1086 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Se declara: I.- Que se condena a don ALEJANDRO ANDRÉS VALVERDE LANAS, cédula de identidad Nº 0017810239-7, ya individualizado, a una pena privativa de libertad de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, más la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de un delito frustrado de Robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 en relación al 442 del Código Penal, por los hechos acontecidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal, con fecha 08 de abril del 2025. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4º de la Ley Nº 18.216, se sustituye al sentenciadola la pena privativa de libertad impuesta por la pena de remisión condicional, quedando sujeto a la obligación de asistencia al Centro de Reinserción Social de Valdivia, por el lapso de un año, debiendo presentarse al décimo día de ejecutoriada la presente sentencia. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada, se tiene presente dos días de abono respecto del cual el imputado permanecio privado de libertad en virtud de esta causa. III.- Que, visto lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216 se ordena la omisión de esta sentencia en los certificados de antecedentes del condenado para fines laborales. IV.- Que, no se condena en costas al sentenciado en razón de haber aceptado responsabilidad en los hechos con el consiguiente ahorro de recursos fiscales. En su oportunidad, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT 475 - 2025. RUC 2500472990-3. Dictada por Juez de Garantía de Los Lagos, con Firma Digital Avanzada. Código: TQTXXVDZNUV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-0
Fallo
Se declara: I.- Que se condena a don ALEJANDRO ANDRÉS VALVERDE LANAS, cédula de identidad Nº 0017810239-7, ya individualizado, a una pena privativa de libertad de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, más la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de un delito frustrado de Robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 en relación al 442 del Código Penal, por los hechos acontecidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal, con fecha 08 de abril del 2025. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4º de la Ley Nº 18.216, se sustituye al sentenciadola la pena privativa de libertad impuesta por la pena de remisión condicional, quedando sujeto a la obligación de asistencia al Centro de Reinserción Social de Valdivia, por el lapso de un año, debiendo presentarse al décimo día de ejecutoriada la presente sentencia. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada, se tiene presente dos días de abono respecto del cual el imputado permanecio privado de libertad en virtud de esta causa. III.- Que, visto lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216 se ordena la omisión de esta sentencia en los certificados de antecedentes del condenado para fines laborales. IV.- Que, no se condena en costas al sentenciado en razón de haber aceptado responsabilidad en los hechos con el consiguiente ahorro de recursos fiscales. En s
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Sentencia en procedimiento simplificado. Los Lagos, tres de junio de dos mil veinticinco. VISTOS Y OÍDOS: La parte expositiva y considerativa de la sentencia constan en el registro de audio RUC 2500472990-3-1086 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Se declara: I.- Que se condena a don ALEJANDRO ANDRÉS VALVERDE LANAS, cédula de identidad Nº 0017810239-7, ya individualizado, a una pena pr
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