MINISTERIO PUBLICO C/ MAX ALEJANDRO SALINAS SALINAS
Rol
O-1388-2025
Fecha
1 de junio de 2025
Materia
DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL)., LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos objeto del requerimiento. HECHOS 1: Que, el día el día 9 de marzo del año 2025, alrededor de las 00:14 horas, el imputado Max Alejandro Salinas Salina, se encontraba junto con su conviviente y víctima de causa doña Rosa Amelia Acevedo González en el domicilio Caldera Nueva número 37 de la comuna de Calle Larga, en ese lugar se produjo una discusión por
Fundamentos
motivos de celos, donde el imputado además había estado bebiendo al interior del domicilio, donde este, a propósito de la discusión y sin mediar provocación toma del cuello a la víctima lanzándola al piso, causándole lesiones de carácter leve consistente en escoriaciones superficiales en ambos antebrazos y escoriación cervical anterior y dorsal, según datos de atención de urgencia N°299988 del Hospital San Juan de Dios de Los Andes, que las califica como leves. Estos hechos configuran ilícito de lesiones meno graves en contexto de violencia intrafamiliar, ilícito consumado, en el cual el imputado ha tenido participación en calidad de autor ejecutor. HECHOS 2: Que, el 31 de mayo del año 2025 alrededor de las 18:30 horas la víctima doña Rosa Amelia Acevedo González se encontraba en el domicilio calle Caldera Nueva número 37 de la comuna de Calle larga. En esa circunstancia, ella mantiene una discusión con el imputado, quien la habría insultado en el lugar. Incumpliendo, acercándose a la misma, incumpliendo además la cautelar de prohibición de Código: YNEQXVLYFNV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acercamiento y de abandono del domicilio que se le impusiera a en la causa que tiene el Ruc N°2510011543-6 con fecha 9 de marzo del presente año, incumpliendo como señalé dicha cautelar, este se acerca a la víctima, está en el domicilio que en el cual está vive, razón por la cual se da aviso a carabineros, quienes concurren hasta el lugar y proceden a la detención del imputado. Este hecho configure el ilícito de desacato, del artículo 240, del Código de Procedimiento Civil, ilícito consumado, en el cual el imputado ha tenido participación en calidad de autor ejecutor, en conformidad que dispone el artículo 15 número 1 del Código Penal
Fallo
SE DECLARA (SENTENCIA): Que se condena al imputado MAX ALEJANDRO SALINAS SALINAS ya individualizado, en calidad de autor, en grado de consumado: I.- DELITO: Lesiones menos graves en VIF del Articulo 399 del Codigo Penal, en contexto de violencia de Genero II.- FECHA COMISIÓN:09 de marzo del año 2025 III.- PENA: - 41 días de prisión en su grado máximo IV.- DELITO: Desacato (Art. 240 Codigo de Procedimiento Civil). V.- FECHA COMISIÓN:31 de mayo del año 2025 VI.- PENA: - 61 días de presidio menor en su grado mínimo Accesorias legales contempladas en el art. 30 del Código Penal. VII.- ACCESORIAS: - Artículo 36, de la Ley 21.675, en sus numerales 1, 2 y 3 1. Obligación de la persona condenada de abandonar el hogar que comparte con la víctima. El tribunal dispondrá la forma en que la persona condenada retirará sus efectos personales. Si fuera el caso, oficiará a Carabineros de Chile para que custodie su concurrencia el día del retiro, de modo de garantizar la seguridad de la víctima. 2. Prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, así como a cualquier otro lugar al que ésta concurra o visite habitualmente. Si ambas personas trabajan o estudian en el mismo lugar o son parte de la misma organización, se oficiará al empleador o empleadora, o a la autoridad del establecimiento u organización respectiva, para que adopte las medidas de resguardo necesarias, e informe al tribunal para efectos de la supervisión judicial. 3. Prohibir o restringir la
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Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado / sentencia. Fecha Los Andes., uno de junio de dos mil veinticinco Magistrado VALERIA MARCELA CROSA CHIAPPE Fiscal JORGE ALEJANDRO ALFARO FIGUEROA Defensor ANA-KAREM ANDREA GONZÁLEZ CASANOVA Hora inicio 11:29 AM Hora termino 12:08 AM Sala SALA 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Los Andes. Acta jpf RUC 2510027104-7 RIT 1388 - 2025 NOMBRE
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