2º Juzgado Civil de Valparaíso

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL/ASOCIACIÓN DE JUBILADOS EMPART

Rol

C-206-2021

Fecha

15 de noviembre de 2021

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: En el folio N 1, comparece don Rub n Guti rrez Ayala, abogado, en° é é representaci n del Instituto de Previsi n Social, servicio p blico del giro deó ó ú su denominaci n, representado legalmente por su director nacional, donó Patricio Coronado Rojo, administrador p blico, quien interpone demandaú de precario en contra de Asociaci n de Jubilados Empart, representadaó legalmente por don Luis Oyarzun, ignora profesi n y oficio.ó En el folio N 10, se notifica la demanda a la demandada.° En el folio N 12, se efect a el comparendo de estilo, y consta que la° ú demandada no contesta la demanda, por no haber comparecido. En el folio N 12, se llama a las partes a conciliaci n, sin que se logre° ó llegar a acuerdo, atendida la rebeld a antes dicha.í En el folio N 14, se recibe la causa a prueba, rindi ndose la que° é consta en autos. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio N 1, comparece don Rub n Guti rrez Ayala,° é é abogado, en representaci n del Instituto de Previsi n Social, servicio p blicoó ó ú del giro de su denominaci n, representado legalmente por su directoró nacional, don Patricio Coronado Rojo, administrador p blico, cuyoú nombramiento consta de Decreto Supremo N 04, de fecha 09 de febrero° de 2015, que fuera renovado mediante Decreto N 06, de 17 de enero de° 2018, todos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O Higgins N’ º 1353, piso 7, comuna de Santiago, y para estos efectos en Avda. Brasil 1265, Valpara so, quien interpone demanda de precario en contra de laí Asociaci n de Jubilados Empart, representada legalmente por don Luisó Oyarzun, ignora profesi n u oficio, ambos domiciliados en calle Condell Nó ° 1459 al 1473, oficina N 5, piso 2, Valpara so.° í Se ala queñ , el Instituto de Previsi n Social (ex INP), organismo creadoó por la Ley N 20.255 de la reforma previsional, es un servicio p blico° ú descentralizado, con patrimonio y personalidad jur dica propia, que act aí ú bajo la supervigilancia del presidente de la rep blica, a trav s del Ministerioú é del Trabajo y Previsi n Social, por intermedio de la Subsecretar a deó í Previsi n Social, cuyo objeto principal es la administraci n del sistema deó ó pensiones solidarias y de los reg menes previsionales administradosí anteriormente por el Instituto de Normalizaci n Previsional.ó Adem s, es el administrador de la red de atenci n del estado, llamadaá ó ChileAtiende, la que ha tenido una vital importancia en la emergencia sanitaria. Dentro de los bienes que forman parte del patrimonio de su representado, se encuentra el Edificio ubicado en calle Condell N 1459 al° 1473, de la ciudad de Valpara so.í En efecto, desde el d a 06 de diciembre del a o 2018, este edificio seí ñ encuentra inscrito a nombre del Instituto de Previsi n Social. ó Pues bien, desde aquella fecha y una vez recuperada la administraci nó de este edificio por parte del IPS, la demandada ocupa la propiedad por mera tolerancia de su parte, sin mediar contrato previo de ninguna especie, por lo que solicita el desalojo de la demandada y de toda otra persona que est ocupando dicha propiedad, dentro de tercero d a desde que quedeé í ejecutoriada la sentencia. Cabe se alar que, se ha requerido en innumerables ocasiones a lañ demandada para que hiciera abandono voluntario de la propiedad. Sin embargo, lamentablemente a la fecha, no se ha efectuado el abandono y restituci n solicitados.ó En cuanto al derecho, cita lo dispuesto art culo 2195 del C digoí ó Civil, el cual transcribe al efecto, y agrega que la acci n de precarioó establecida en el inciso 2 del art culo 2195 C digo Civil persigue poner° í ó t rmino a una situaci n de hecho, cual es la ocupaci n de una cosa ajena,é ó ó sin t tulo alguno y que se tiene por ignorancia o mera tolerancia de suí due o.ñ En tal sentido, cita jurisprudencia de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, y ag

Fallo

Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culosá í 700, 702, 1698 y siguientes, 2194 y 2195 del C digo Civil; 144, 160, 170,ó 342, 346, 384 y 680 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, ó se declara: 1.- Que se hace lugar a la demanda presentada por don Rub n Guti rrezé é Ayala, abogado, en representaci n del Instituto de Previsi n Social,ó ó representado legalmente por su director nacional, don Patricio Coronado Rojo, en lo principal del folio N 1, en contra de Asociaci n de Jubilados° ó Empart, representada legalmente por don Luis Oyarzun, todos ya individualizados, y, en consecuencia, se condena a la demandada a restituir a la parte demandante el edificio ubicado en calle Condell N 1459 al 1473,° de la ciudad de Valpara so, dentro del plazo de tercero d a, contado desdeí í que este fallo se encuentre firme y ejecutoriado, bajo apercibimiento de lanzamiento con el auxilio de la fuerza p blica. ú 2.- Que, habiendo sido totalmente vencida en este juicio, se condena a la demandada al pago de las costas de la causa. Reg strese, notif quese y arch vese, en su oportunidad. í í í Rol C-206-2021. Dictada por Luis Fernando Garc a D az, Juez Titular. í í Certifico que, en Valpara so, a quince d as del mes de noviembre de dos milí í veintiuno, notifiqu por el estado diario la resoluci n que antecede. é ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del

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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-206-2021. CARATULADO : INSTITUTO DE PREVISI N SOCIAL/ASOCIACI NÓ Ó DE JUBILADOS EMPART. MATERIA : PRECARIO. Valpara so, quince de noviembre de dos mil ventiuno.í VISTO: En el folio N 1, comparece don Rub n Guti rrez Ayala, abogado, en° é é representaci n del Instituto de Previsi n Social, servicio p blico

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