13º Juzgado de Garantía de Santiago

CONSTRUCTORA DE PAVIMENTOS ASF C/ JUAN PABLO SUAZO GUTIÉRREZ

Rol

O-4930-2023

Fecha

2 de junio de 2025

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos Entre los meses de enero de 2022 y mayo de 2023, el imputado JUAN PABLO SUAZO GUTIÉRREZ, ocupando el cargo de administrador de adquisiciones y bodega de la empresa Constructora de Pavimentos Asfálticos Bitumix S.A., actuando concertado con sujetos desconocidos, realizó solicitudes de compra de insumos en exceso para la compañía, consistentes en 9.500 sacos de cemento, para luego él mismo gestionar el desvío del cemento en favor de terceros, adulterando además documentación de la empresa con el objeto de evitar que dicho fraude fuese descubierto. En efecto, desde septiembre de 2022, Juan Pablo Suazo Gutiérrez por medio de su usuario de SAP de la compañía (JSUAZO) realizó 11 solicitudes de pedido al proveedor Sodimac, por un total de 12.960 sacos de cemento de 25 kilogramos. Dichas órdenes de compra fueron aprobadas y emitidas por el personal de Bitumix, remitiéndose luego electrónicamente a Sodimac para la coordinación del envío de los materiales. A continuación de esto, en algún punto del proceso de envío y validación de órdenes de compra, JUAN PABLO SUAZO GUTIÉRREZ, actuando solo o en conjunto con otros de los involucrados alteraban la información de las órdenes de compra enviadas, disponiendo que los sacos de cemento fuesen enviados por Polpaico a direcciones ajenas a Bitumix, generándose la correspondiente guía de despacho. Con posterioridad, Juan Pablo Suazo, obtenía las guías de despacho emitidas por Polpaico, las intervenía materialmente modificando el domicilio de recepción y, luego, insertaba su firma a modo de acuse de recibo, dando cuenta de la supuesta recepción conforme de los materiales en las bodegas de la empresa. Esas guías de despacho posteriormente eran subidas a la plataforma respectiva dando la apariencia de que los insumos sí habían sido recibidos correctamente. Con este hito, se seguía el flujo operativo y, en definitiva, se aprobaba la factura asociada a la correspondiente orden de compra, dando lugar finalmente al pago respectivo. A pa

Fallo

SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don JUAN PABLO SUAZO GUTIÉRREZ, ya individualizado en la audiencia, a la pena de OCHOCIENTOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y a la pena de MULTA de 10 Unidad Tributaria Mensual, como autor del delito consumado de Estafa, previsto y sancionado en el artículo 468 en relación con el artículo 467 N° 1, hecho ocurrido entre los meses de enero de 2022 y mayo de 2023, en la comuna de Peñalolén, sin costas. II. Que, respecto de la pena corporal impuesta, se le concede la pena sustitutiva de la remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeto al control y vigilancia de Gendarmería de Chile por el plazo de la condena (800 DÍAS) y deberá cumplir las demás exigencias que establezca el centro respectivo. Para comenzar a cumplir la pena en esta modalidad el sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social (CRS) Santiago Oriente, ubicado en Av. José Domingo Cañas N° 1970, de la comuna de Ñuñoa, en la semana del 16 al 20 de junio de 2025, bajo apercibimiento de revocársele si no se presenta en la fecha señalada, o si no cumple injustificadamente con sus presentaciones periódicas en Gendarmería de Chile, o si cometiese un nuevo delito, en tales eventos, se va a dejar sin efecto ésta pena sustitutiva y se va a disponer el cumplimiento efectivo de la pena, sin abonos que considerar. III. Que para el pago de la multa se le conceden

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2300993275-5 RIT : 4930 – 2023 IMPUTADO : JUAN PABLO SUAZO GUTIÉRREZ Cédula de Identidad : 17.784.318-0 Nacionalidad : Chileno Fecha de nacimiento : 12-07-1991 Domicilio : CALLE 150 N° 6765, Peñalolén PROCEDIMIENTO : ABREVIADO Fecha de sentencia : Dos de junio de dos mil veinticinco JUEZ : VALERIA MAGDALENA VEGA SEPULVEDA Hechos Entre los meses

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