Juzgado de Garantía de Curicó

MP C/ DIEGO IGNACIO NÚÑEZ TORRES

Rol

O-1399-2025

Fecha

29 de mayo de 2025

Materia

HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- Que el Ministerio Público ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado contra del imputado DIEGO IGNACIO NÚÑEZ TORRES por el delito de Hurto Falta fundado en los siguientes hechos: “el día 28 de febrero del año 2025 en horas de la tarde el requerido sustrajo desde las estantería del supermercado Jumbo ubicado en Avenida Bernardo O’Higgins N° 201 Mall Curicó, 10 chocolates marca Milka de 100 gramos, cada uno de ellos evaluados en conjunto la suma de $24.100 los cuales ocultó en su vestimenta para luego traspasar las líneas de caja y línea de seguridad del establecimiento comercial sin pagar el valor de las mismas.” 2.- Que con el mérito de los antecedentes que obran en la carpeta investigativa y la admisión de responsabilidad del requerido son suficientes para estimar que se encuentran acreditados los hechos contenidos en el requerimiento, los que se encuadran en el tipo penal del artículo 494 Bis del Código Penal. 3.- Que, el fiscal en audiencia admite la atenuante del número 9 del artículo 11 del Código Penal, por lo que solicita la pena consignada en el acta de esta audiencia. 4.- Que la defensa del imputado no controvierte la existencia del delito, la participación de su mandante y estima ajustada a derecho la pena solicitada por el fiscal y solicita se dé por cumplida la pena corporal, rebaja de multa y cuotas para su pago. Por estas consideraciones y de conformidad a lo prescrito en el artículo 1, 14 N° 1, 15 N° 1, 11 N° 9 y 494 Bis del Código Penal; y artículos 45, 388 y 395 del Código Procesal Penal, se RESUELVE: Código: YBZHXVXBXXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I).- Que, SE CONDENA a DIEGO IGNACIO NÚÑEZ TORRES, cédula de identidad 21068297-K, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de Hurto Falta, previsto y sancionado en el artículo 494 Bis del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisd

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo prescrito en el artículo 1, 14 N° 1, 15 N° 1, 11 N° 9 y 494 Bis del Código Penal; y artículos 45, 388 y 395 del Código Procesal Penal, se RESUELVE: Código: YBZHXVXBXXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I).- Que, SE CONDENA a DIEGO IGNACIO NÚÑEZ TORRES, cédula de identidad 21068297-K, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de Hurto Falta, previsto y sancionado en el artículo 494 Bis del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisdiccional, el día 28 de febrero del año 2025, a cumplir la pena de UN DE PRISION EN SU GRADO MÍNIMO, más las accesorias legales del artículo 30 del cuerpo de normas citado, esto es, LA SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, al pago de una MULTA a beneficio fiscal de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II).- Que, atendido el tiempo que el imputado ha estado privado de libertad en esta causa, a saber, entre el día 28 de febrero del 2025, la pena privativa de libertad se dará POR CUMPLIDA.- III).- Que, si el sentenciado no tuviere bienes suficientes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual a la que ha sido condenado, sin que ella pueda exceder de seis meses, abonándose a la multa el día que media entre el 28 y 29 de mayo de

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó, veintinueve de mayo de dos mil veinticinco Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado JORGE OMAR VALENZUELA NAVARRO Imputado DIEGO IGNACIO NÚÑEZ TORRES C édula identidad 21068297-K Fecha de nacimiento 05 de julio de 2002 Dirección POBLACIÓN AGUAS NEGRAS, Pasaje QUILICO Nº 0454, Curicó DELITO Hurto Falta Participación AUTOR Grado desarrol

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