FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A./BERRÍOS
Rol
C-4097-2020
Fecha
15 de noviembre de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1, comparece Feliza Bahamonde Wormull, abogada, en representaci n convencional y mandatario judicial de Forum Servicios Financieros S.A.,ó sociedad an nima del giro de su denominaci n, cuyo gerente general es Mauricioó ó Alejandro Fuenzalida Espinoza, ingeniero comercial, todos domiciliados en Avenida Isidora Goyenechea N 3365, piso 3, comuna de Las Condes e interpone demandaº ejecutiva de cobro de pagar en contra de Karim Del Carmen Berrios Valenzuela,é ignora profesi n u oficio, domiciliado en Pasaje Salvador Dal N 430, Versalles 2,ó í ° comuna de Maip , a fin de que se despache mandamiento de ejecuci n y embargo porú ó la suma de $13.354.034, m s intereses, reajustes y costas.á Fundamenta su presentaci n, se alando que su representado es due a del Pagaró ñ ñ é N 1038569, suscrito con fecha 12 de mayo de 2017, por la suma de $16.483.065, por° concepto de capital, pagadero en 37. De las cuales, 36 cuotas mensuales y sucesivas, por la suma de $357.299, venciendo todas ellas los d as 5 de cada mes a contar del mes deí julio de 2017, y 1 cuota de $11.868.440, con vencimiento en julio de 2020, cuyo capital adeudado devengar a, desde la fecha de suscripci n y hasta la de su vencimiento, uní ó inter s del 1,49% mensual.é Indica que se estipul en el referido pagar que la falta de pago de cualquiera deó é las cuotas en las que se ha dividido el pago de la deuda, o de sus reajustes e intereses, dar a derecho al acreedor para exigir la totalidad de ellas y sus reajustes e interesesí indicados, consider ndose ipso facto la obligaci n como de plazo vencido.á ó Relata que en el pagar sub-lite se pact que en caso de mora o simple retardoé ó en el pago de las cuotas y de los intereses que correspondiesen dar a lugar a que seí devenguen por la mora o retardo el inter s m ximo convencional para operaciones deé á cr dito en dinero en moneda nacional reajustables, que la ley permite estipular, hasta laé fecha del pago efectivo. Expone que la parte deudora no ha
Fallo
Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1552, 1560,á í 1681 y siguientes y 1698 del C digo Civil; 144, 160, 170, 346 N 3, 434, 464 N 17,ó ° ° 471 del C digo de Procedimiento Civil se declara: ó I.- Que, se rechaza la excepci n del n mero 17 del art culo 464 del C digoó ú í ó de Procedimiento Civil. II.- Que, se condena en costas a la parte ejecutada. III.- Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad. í í í Rol N C-4097-2019º Dictada por Mindy Villar Simon, Juez Suplente del Sexto Juzgado Civil de Santiago. Autorizada por Mar a Elena Moya G mera, Secretaria Subrogante del Sextoí ú Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, quince de Noviembre de dos mil veintiuno C-4097-2020 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-11-15T15:03:42-0300
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C-4097-2020 Foja: 1 FOJA: 81 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4097-2020 CARATULADO : FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A./BERR OSÍ Santiago, quince de Noviembre de dos mil veintiuno VISTOS: Que, a folio 1, comparece Feliza Bahamonde Wormull, abogada, en representaci n convencional y mandatario judicial de Forum Servicios Financieros S.A.,ó soci
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