MP C/ BRAYAN EDUARDO GODOY CAVIERES
Rol
O-1275-2024
Fecha
2 de junio de 2025
Materia
INGRESO DE CELULARES/TECNOLOGÍA A CÁRCELES ART 304 BIS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos de la acusación / Hechos del requerimiento: Constan íntegramente en el registro de audios del Tribunal, atendido lo dispuesto en el artículo 62 del Acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema. Sentencia condenatoria con admisión de responsabilidad en procedimiento simplificado: Ámbito afectado Detalle del Hito CAUSA: RUC 2400188327-1 RIT 1275 - 2024 RELACIONES: BRAYAN EDUARDO GODOY CAVIERES Fecha de deliberación dos de junio de dos mil veinticinco. Juez redactor FELIPE GABRIEL FICA ÁLVAREZ Resultado CONDENADO. JUZGADO DE GARANTÍA DE CONCEPCIÓN. C/ BRAYAN EDUARDO GODOY CAVIERES. Concepción, dos de junio de dos mil veinticinco. Código: KQLHXVPGXUU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Por las consideraciones consignadas en el registro de audio de la presente audiencia y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14, 15, 24, 25, 30, 49, 50, 67, 304 bis del Código Penal; artículos 45, 47, 348, 388, 390, 395 del Código Procesal Penal; artículos 1, 4 y 5 de la Ley 18.216; SE RESUELVE: I. Que, se condena a BRAYAN EDUARDO GODOY CAVIERES, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de ingreso de elemento tecnologico que permiten la comunicación con el exterior, previsto y sancionado en el artículo 304 bis del Código Penal, por los hechos acaecidos en esta jurisdicción con fecha 14 de febrero de 2024. II. Que, concurriendo los presupuestos del artículo 4 de la Ley 18.216, se le concede la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto el condenado a la sección de tratamiento en el medio libre de Gendarmería de Chile por el lapso de UN AÑO y cumplir con las demás exigencias del artículo 5 de la citada ley. III. Que, conforme al artículo 31 del Código Penal, se decreta el comiso del teléfono celular mar
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se condena a BRAYAN EDUARDO GODOY CAVIERES, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de ingreso de elemento tecnologico que permiten la comunicación con el exterior, previsto y sancionado en el artículo 304 bis del Código Penal, por los hechos acaecidos en esta jurisdicción con fecha 14 de febrero de 2024. II. Que, concurriendo los presupuestos del artículo 4 de la Ley 18.216, se le concede la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto el condenado a la sección de tratamiento en el medio libre de Gendarmería de Chile por el lapso de UN AÑO y cumplir con las demás exigencias del artículo 5 de la citada ley. III. Que, conforme al artículo 31 del Código Penal, se decreta el comiso del teléfono celular marca Samsung, color negro incautado al imputado. IV. Que, en su oportunidad el Registro Civil debera dar aplicación a lo que establece el artículo 38 de la Ley 18.216. V. Que, conforme el artículo 36 inciso 2° de la Ley 18.216, y existiendo una distancia considerable entre este tribunal y el domicilio del condenado, el Tribunal se declara incompetente para el control de la ejecución de la pena alternativa, remitiendo los antecedentes al 12° Juzgado de Garantía de Santiago. VI. Que, atendida la admisión de responsabilidad, se le exime del pago de costas de la causa. Lo
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1 Individualización de Audiencia de juicio oral en procedimiento simplificado. Fecha Concepción, dos de junio de dos mil veinticinco Magistrado FELIPE GABRIEL FICA ÁLVAREZ Fiscal JORGE LORCA RODRÍGUEZ Defensor CAROLINA ROJO ARANEDA Hora inicio 12:08 Hora término 12:12 Hora reinicio 12:15 Hora término 12:25 Sala 5, Mario Martínez Ojeda Tribunal Juzgado de Garantía de Concepción RUC 2400188327-1 RI
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