KAREN ANDREA CONTRERAS SALAS C/ MANUEL LUIS HUMAÑA CASTRO
Rol
O-401-2023
Fecha
2 de junio de 2025
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos formulados en la acusación son los siguientes: "Que el día 21 de enero de 2023, aproximadamente a las 13:30 horas, el imputado Manuel Luis Humaña Castro, con ánimo de lucro y sin voluntad de su dueño, habría sustraído desde el local comercial ubicado en calle Villagrán N° 526, Mulchén, un teléfono celular marca Motorola, modelo Moto Gp Play, color azul, propiedad de Karen Andrea Contreras Salas, especie avaluada en $180.000." A juicio del Ministerio Público, estos hechos configuran el delito de hurto simple frustrado, con la participación del acusado en calidad de autor según el artículo 15 N° 1 del Código Penal. En la especie, además, el Ministerio Público estima la concurrencia de la agravante contemplada en el artículo 12 N° 16 del Código Penal, por haber sido condenado previamente por delito de similar especie. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en la audiencia de juicio oral simplificado, el Ministerio Público manifestó que, pese a haber sido debidamente notificada, la víctima recuperó la especie sustraída y expresó no tener interés en continuar participando en el procedimiento, renunciando, por ende, a la presentación de prueba testimonial y documental, solicitando finalmente la absolución del imputado. SEGUNDO: Que la defensa, al respecto, solicitó la absolución del imputado, argumentando que el Ministerio Público no ha aportado prueba alguna que permita acreditar, más allá de toda duda razonable, la existencia del delito imputado ni la participación de su representado Código: GUJXXVTKVHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Letras y Garantía de Mulchén Calle Villagra N° 047, Mulchén, fono (43) 2561353 - (43) 2562183. Correo electrónico jlyg_mulchen@pjud.cl. ATENCIÓN DE PÚBLICO VIRTUAL: conecta.pjud.cl en los hechos acusados, haciendo énfasis en el derecho constitucional del imputado a la presunción de inocencia. TERCERO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del Código Procesal Penal, el acusado goza de presunción de inocencia, correspondiendo al Ministerio Público la carga probatoria para desvirtuar dicha presunción, mediante la producción de pruebas suficientes para generar convicción más allá de toda duda razonable acerca de la existencia del delito y la participación culpable del imputado. CUARTO: Que, en el caso que nos ocupa, no habiendo presentado el Ministerio Público prueba alguna que permita superar dicho estándar probatorio, resulta imposible concluir acerca de la existencia del ilícito y de la participación culpable del acusado, lo que conduce inevitablemente a la emisión de una sentencia absolutoria. QUINTO: Que, en consideración a los antecedentes expuestos, corresponde aplicar los principios y normas consagrados en los artículos 297 y 340 del Código Procesal Penal, que exigen la valoración racional de la prueba, la cual no existe en este caso.
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 4, 297, 340, 341, 342, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y artículos 432 y 446 N° 3 del Código Penal, SE DECLARA: I.- Que, SE ABSUELVE al imputado MANUEL LUIS HUMAÑA CASTRO, cédula nacional de identidad N° 9.231.971-7, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, consistentes en el delito de hurto simple en grado frustrado, supuestamente ocurrido el día 21 de enero de 2023 en la comuna de Mulchén. II.- Que no se condena al Ministerio Público al pago de las costas de la causa, estimándose que tuvo motivos plausibles para iniciar la persecución penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Pronunciada por don Eduardo Quiroz López, Juez suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Mulchén Código: GUJXXVTKVHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: GUJXXVTKVHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-02T20:38:05-0400
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Juzgado de Letras y Garantía de Mulchén Calle Villagra N° 047, Mulchén, fono (43) 2561353 - (43) 2562183. Correo electrónico jlyg_mulchen@pjud.cl. ATENCIÓN DE PÚBLICO VIRTUAL: conecta.pjud.cl Mulchén, dos de junio del año dos mil veinticinco. VISTOS. Que ante este Juzgado de Garantía de Mulchén, se llevó a cabo la audiencia de juicio oral simplificado en causa RIT N° 401-2023, seguida por el Mi
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